Folgado: “es un agravio comparativo que unas instalaciones municipales tengan todas sus instalaciones abiertas y otras no, ya que en todas debería de aplicarse el mismo criterio cerrando todas las duchas o abriéndolas en todas, cumpliendo con los decretos publicados en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat”.

El Partido Popular en Torrent está recogiendo las quejas de los usuarios de instalaciones deportivas municipales como son La Cotxera y Anabel Medina, quienes han hecho llegar a los populares sus quejas por no poder utilizar las duchas de ambas instalaciones, mientras que en otras instalaciones municipales de gestión externalizada sí que pueden ser utilizadas. Por eso, estos usuarios piden que se reabran las duchas en las mismas condiciones en todas las instalaciones municipales o que se aplique una reducción en el precio de los abonos.

Para la portavoz de los populares, Amparo Folgado “es un agravio comparativo que unas instalaciones municipales tengan todas sus instalaciones abiertas y otras no, ya que en todas debería de aplicarse el mismo criterio cerrando todas las duchas o abriéndolas en todas, cumpliendo con los decretos publicados en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat”.

Además, Folgado ha señalado que “esto es algo que ya comuniqué la semana pasada en el turno de ruegos y preguntas al gobierno municipal en el Pleno de septiembre, pero que a día de hoy no se ha solucionado y los usuarios de La Cotxera y Anabel Medina, continúan haciéndonos llegar sus quejas, pidiendo que reabran las duchas como en otras instalaciones deportivas municipales o que se produzca una reducción en el abono mensual mientras se produzca esta situación”.

El Acuerdo de 18 de junio del Consell, sobre medidas de prevención frente a la Covid-19, publicado en el DOGV del 20 de junio de 2020, señala en el punto 3.8.3 relativo a las instalaciones deportivas, que “se podrán utilizar los vestuarios y las duchas, respetando las medidas generales de prevención e higiene previstas en este acuerdo. Con el fin de facilitar la protección de la salud de las personas deportistas, se tendrá que garantizar la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y no se superará la proporción de 4m2 por cada persona usuaria”.

En este mismo Acuerdo del Consell, se señala en el punto 3.8.4 relativo a las piscinas de uso deportivo que “se podrán utilizar los vestuarios y las duchas, en los mismos términos que para las instalaciones deportivas”.

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