A/A SR. ALCALDE DE TORRENT

Mª Carmen Benavent Roig, como concejal del Grup Popular en el Ayuntamiento de Torrent

EXPONE

PRIMERO.  Que en virtud del artículo 77 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en la plazo de cinco días naturales.

SEGUNDO. Que el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.

TERCERO. Por descontado se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.

CUARTO. Que en el Pleno del 5 de mayo de 2016 hice varias preguntas y ninguna de ellas me han sido contestadas a fecha de hoy, 20 de julio de 2016

QUINTO. Que en el Pleno de 7 de julio de 2016 recordé las preguntas realizadas en el Pleno de mayo para que me fuesen contestadas y siguen sin ser contestadas, habiendo pasado sobradamente el tiempo marcado por la Ley para responder a las solicitudes presentadas por los grupos políticos, dentro del derecho a la información.

Por todo ello,

SOLICITA

PRIMERO. Informe del Centro de Acción Social (CAS) a fecha 31/12/15 y a fecha 31/12/14 respecto de los servicios que prestaba al Ayuntamiento de Torrent con los alumnos de los centros escolares de Torrent y motivación para que a partir del curso 2015-2016, coincidiendo con el cambio de gobierno, no se siguió prestando este servicio, según nos comunican desde los centros escolares.

SEGUNDO. Información detallada sobre el programa Xarxa Llibres en Torrent:

  • Nº de solicitudes presentadas, diferenciando entre las solicitudes de Infantil, de Primaria y de Secundaria;
  • Nº de solicitudes pagadas en la 1ª Fase del programa;
  • Importe destinado por el Ayuntamiento a este programa, diferenciando entre la partida destinada para la 1ª Fase y la destinada para la 2ª Fase.
  • ¿Cómo van a pagar la 2ª parte de las ayudas Xarxa Llibres?

TERCERO. Estado de Ejecución, a 31 de diciembre de 2015, de la partida presupuestaria destinada a Becas, Ayudas y Subvenciones Educativas, al máximo detalle.

CUARTO. Si ha habido sobrante en dicha partida, ¿qué destino se le ha dado?

QUINTO. Convenios del Ayuntamiento de Torrent con los AMPAs y Comisión de Madres de los Centros escolares que llevan a cabo proyectos de compensación educativa a través de la suscripción de contratos-programa con la Conselleria, para ayudas directas a la adquisición de material didáctivo: En qué fecha se anularon los firmados en 2015, estado en el que se encuentran en este momento y previsión de pago de los mismos.

SEXTO. Importe total de la Partida presupuestaria destinada a Becas, Ayudas y Subvenciones Educativas en el Presupuesto del ejercicio 2016 y su Estado de Ejecución a fecha 20 de julio de 2016 al máximo detalle.

SÉPTIMO. Dado que muchos centros escolares de Torrent, sostenidos con fondos públicos, no van a acogerse al programa Banco de Libros de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, ¿el Ayuntamiento tiene prevista alguna ayuda para las familias que no van a poder beneficiarse de este programa?

 

Torrent, a 21 de julio de 2016

 

 

 

 

Mª Carmen Benavent Roig

Concejal del Grupo Popular – Ajuntament de Torrent

 

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