Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent, en nombre y representación del mismo, mediante el presente escrito, y en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), eleva al Pleno del Ayuntamiento, para su debate y votación, la siguiente:
MOCIÓN
Los contenedores soterrados se están introduciendo en las ciudades cada
vez más, sobretodo en entornos urbanos con poco espacio, cascos históricos,
turísticos, localidades donde quieren mejorar la estética de sus calles y
plazas. A través de los contenedores soterrados y el desarrollo de los mismos,
estamos contribuyendo a una concepción ingeniosa y más estética de nuestro
espacio urbano.
Las principales ventajas de este sistema de recogida de residuos sólidos
urbanos son una mayor capacidad de recogida, al estar soterrados se puede
incrementar la capacidad de los contenedores. La estética también es mejor al
unificar los colores y tamaños de cada una de las bocas que asoman, evitando
acumulación de residuos en la superficie y mejorando la salubridad de la vía
pública en la que se ubican. También incrementan la seguridad vial, al mejorar
la visibilidad respecto a una isla de contenedores tradicionales. Aunque
también tiene desventajas, como un mayor coste de instalación y mantenimiento,
aunque la durabilidad es mucho mayor.
En Torrent ya tenemos experiencia en la instalación de este sistema de
contenedores. Hasta ahora, todos los instalados son mediante la carga lateral,
mediante un mando a distancia que abre la tapa, eleva el contenedor a la
rasante de la vía pública y permite al camión su retirada de forma totalmente
automática.
En los últimos años se han instalados islas ecológicas enterradas en la
calle Valencia, la zona del Xenillet, Camí Reial, Fray Antonio Panes, Baviera,
Virgen del Olivar, Padre Prudencio, Pintor Genovés, Seis de Diciembre, Plaza
Sant Jaume, Gómez Ferrer y el cruce de San Valeriano con la Avenida al Vedat.
También hay en Parc Central, pero son de recogida neumática.
Desde el Grupo Municipal del Partido Popular de Torrent, consideramos
que desde el Ayuntamiento de Torrent se debería de realizar un estudio de
idoneidad de implantación por zonas, de nuevas islas ecológicas soterradas en la
ciudad. Además de un Plan de Soterramiento de Contenedores quinquenal, dotado
de presupuesto cada año, en el que el ayuntamiento se comprometa a instalar
este tipo de contenedores.
Visto el documento “En lo Esencial Coincidimos”, para el que nos reunimos
los diferentes grupos municipales que así lo quisieron, a principios de la
actual legislatura, el Soterramiento de Contenedores es una propuesta del
programa electoral del Partido Popular para las Elecciones Municipales de 2019
en el que el resto de grupos políticos coinciden.
Por todo lo
expuesto, el Grupo Municipal del Partido Popular presenta los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO. – Instar al gobierno municipal de Torrent
a elaborar un estudio de idoneidad de implantación por zonas, de nuevas islas
ecológicas soterradas en la ciudad de Torrent.
SEGUNDO. – Instar al gobierno municipal de Torrent
a crear un Plan de Soterramiento de Contenedores quinquenal, dotado de
presupuesto cada año y llevarlo a cabo.
En Torrent
a 22 de enero de 2020.
AMPARO FOLGADO TONDA
PORTAVOZ DEL GRUPO POPULAR DE TORRENT
A LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENT
Amparo Folgado Tonda, como Portavoz
del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO.
Que en virtud del artículo 77 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora
de las Bases de Régimen Local reconoce la obligación del Alcalde y su equipo de
facilitar a los miembros de la Corporación Local datos e informaciones que
resulten precisos para el desarrollo de su función. Y que esta habrá de ser
resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo 14 del Real Decreto
2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de
organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales
reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el Artículo 77
de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la documentación deberá
hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el plazo de cinco días
naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado se tendrá en cuenta
el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación con las
informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la
Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
CUARTO. El 12 de septiembre de 2019 se
aprobó por unanimidad de todos los grupos políticos municipales, la moción
presentada por el PP: 4.02.- 11561/2019/GEN – MOCIÓ GRUP MUNICIPAL POPULAR
SOBRE SOL·LICITAR EL SERVEIS DE LES BRIGADES FORESTALS DE DIVALTERRA, en la
cual se aprobaron los siguientes puntos:
1.-
Instar al Sr. Alcalde y a la Junta de Gobierno Local, a presentar un Plan de
Trabajo para 2020 al Área de Gestión Forestal y del Medio Rural, dependiente de
la gerencia de Divalterra, junto al formulario establecido y la carta de la
alcaldía, de forma que las brigadas forestales de la Diputación de Valencia,
puedan ofrecer sus servicios al municipio de Torrent, de forma continuada durante
todo el próximo año.
2..-
Que esta moción no sustituya en ningún caso, la aprobada junto a sus enmiendas
el pasado 4 de julio de 2019 por el Pleno del Ayuntamiento de Torrent, sino que
la complemente, pudiendo contar con una Brigada de Limpieza Forestal municipal
y solicitar los servicios de las Brigadas Forestales de Divalterra.
QUINTO. – Comprobado en la web de Divalterra,
que la aceptación de solicitudes para el Plan de Trabajo 2020 de las Brigadas
Forestales, estuvo abierta hasta el 15 de diciembre de 2019.
SOLICITA
PRIMERO. – Saber si el Ayuntamiento de Torrent
ha cumplido con el Acuerdo plenario de 12 de septiembre de 2019: 4.02.-
11561/2019/GEN – MOCIÓ GRUP MUNICIPAL POPULAR SOBRE SOL·LICITAR EL SERVEIS DE
LES BRIGADES FORESTALS DE DIVALTERRA presentando un Plan de Trabajo para 2020 a
Divalterra.
SEGUNDO. –
En el caso de haber presentado un Plan de Trabajo para 2020 a
Divalterra, conocer qué gestiones se han realizado y copia del Plan de Trabajo
presentado por el Ayuntamiento de Torrent para 2020.
Torrent, 21 de enero de 2020
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Torrent
Amparo
Folgado Tonda, como Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley
7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la
obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la
Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo
de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo
14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el
reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades
locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el
Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la
documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el
plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado
se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación
con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la
Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
CUARTO. El 11 de mayo de 2017, el Tribunal
Constitucional dictó la sentencia 59/2017 donde declaraba la
inconstitucionalidad parcial de los artículos 107.1 y 107.2 a), así como la
inconstitucionalidad total del art. 110.4 del Texto Refundido de la Ley de
Haciendas Locales (TRLHL), referentes al Impuesto sobre el Incremento del Valor
de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), coloquialmente llamado
plusvalía. A raíz de esta sentencia se
han dirimido diferentes litigios entre contribuyentes y ayuntamientos
relacionados con las autoliquidaciones y liquidaciones resultantes de la
aplicación de este impuesto, contenciosos que han tenido su solución en las
sentencias del Tribunal Supremo de fecha 9 de julio 2018 y 13 de febrero de
2019 interpretativas de los efectos de la STC 59/2019.
QUINTO. Al hilo de esta problemática,
diferentes contribuyentes han comunicado a nuestro grupo municipal casos en los
que el Ayuntamiento de Torrent está liquidando el IIVTNU no existiendo el
incremento del valor del terreno, necesario para constituir el hecho imponible
del citado tributo, tal y como prohibió el Tribunal Constitucional en primer
lugar y el Tribunal Supremo posteriormente. Además, en estos casos se suma el
silencio por parte del Ayuntamiento a los recursos administrativos presentados
por los contribuyentes, abocándolos sin más remedio a la presentación de un
recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
SEXTO. También se han
recibido por parte de los contribuyentes quejas referentes a que el
Ayuntamiento de Torrent, en casos de aplicación del citado impuesto donde el
título de adquisición es mediante una sucesión, es decir, adquisición tras una
herencia, da por hecho el incremento de valor de los terrenos sin permitir a
los sujetos pasivos la aportación de pruebas documentales y exige la
presentación de dictamen pericial como prueba. Al igual que en la casuística
del párrafo precedente, el Ayuntamiento está dando la callada por respuesta
ante los recursos administrativos presentados por los ciudadanos, dejando sin
más remedio expedita la vía judicial.
SOLICITA
PRIMERO. Conocer si existe informe o
directriz por parte de los servicios jurídicos del Ayuntamiento, la Secretaría
General de la Administración, la Intervención o Tesoreria para la adecuación
del procedimiento administrativo de aplicación de este impuesto a las
exigencias establecidas por el Tribunal Constitucional en relación a este
tributo. En caso afirmativo, solicito copia del informe o directriz citada.
SEGUNDO. Conocer el número de declaraciones del IIVTNU presentadas desde el año
2017, clasificadas por años, donde se alegue no incremento, o disminución, del
valor del terreno transmitido.
TERCERO. Conocer el número de recursos de reposición presentados desde 2017, por
años, contra liquidaciones que adolezcan de los motivos objeto de la
declaración de inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4
del TRLHL.
CUARTO. Saber el número de recursos de reposición contestados desde 2017, por
años, ya sea favorable o desfavorablemente, por el Ayto en relación a la no
existencia del incremento del valor de los terrenos y motivación aportada por
el consistorio.
QUINTO. Información, si
existen, sobre el número de recursos de reposición pendientes de resolver
referentes a esta problemática y el año de presentación de cada uno de ellos.
SEXTO. Conocer, por
años, el número de recursos ante el orden contencioso-administrativo
presentados contra el Ayto por liquidaciones donde se alega no incremento o
decremento del valor de los terrenos; en su caso, si existen sentencias de lo
contencioso-administrativo, ya sean favorables o desfavorables para el Ayto
sobre esta problemática, y los fundamentos jurídicos dados por la instancia
judicial.
SÉPTIMO. Conocimiento del número
de liquidaciones presentadas, por años, donde el título de adquisición sea por
herencia y donde se alegue el no incremento o decremento del valor del terreno
transmitido.
OCTAVO. Saber del número
de recursos de reposición presentados, clasificados por años, contra
liquidaciones en concepto del IIVTNU alegando no existencia de incremento de
valor del terreno donde el título de adquisición haya sido a través de una
sucesión.
NOVENO. Conocer el número
de recursos de reposición contestados, anualmente, favorable o
desfavorablemente, y la motivación dada por el consistorio, donde el motivo del
recurso haya sido el no incremento o decremento del valor del bien y la
adquisición fue vía herencia.
DÉCIMO. Información sobre
el número de recursos de reposición pendientes de contestar contra
liquidaciones de plusvalía por no existencia de incremento de valor de los
terrenos y el título de adquisición sea mediante sucesión.
UNDÉCIMO. Saber el número de
procedimientos contencioso-administrativos contra el Ayto, por años, frente a
liquidaciones donde no haya existido aumento o decremento del valor del terreno
y el título de adquisición se mediante sucesión; en su caso, si existen
sentencias, favorables o desfavorables y la fundamentación jurídica dada por el
órgano judicial.
Torrent,
20 de enero de 2020
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Municipal Popular
del Ayuntamiento de Torrent
AMPARO FOLGADO TONDA, Portavoz del Grupo Político Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de
Torrent, se dirige al Pleno de la Corporación Local y en relación al acuerdo de
la Junta de Gobierno Local relativa a la aprobación del proyecto de Presupuesto
para el ejercicio 2020, presenta las siguientes
ENMIENDAS
ENMIENDAS al Proyecto de Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2.020.
En relación al proyecto de Presupuesto
para el Ayuntamiento de Torrent para el ejercicio 2020, desde el Grupo Municipal
del Partido Popular consideramos que:
No se ha previsto una bajada de la contribución, tal y como defendemos desde nuestro Grupo Municipal y cómo nos comprometimos con nuestros votantes, a los que nos debemos. Hasta el próximo 1 de abril hay de tiempo para poder modificar la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI, por lo que instamos al gobierno municipal a que reduzca el tipo del IBI.
Consideramos también que no se ha dotado una partida para la Subvención RECICLA, para la que presentamos en el mes de septiembre una moción, que todavía no ha sido llevada ni a comisión ni a Pleno.
Desde el Grupo Popular, también creemos que se debe incrementar el Cheque Recién Nacido, pero vemos que en la propuesta del gobierno municipal, esta partida se reduce. Desde el PP apostamos por que se modifiquen las bases de esta ayuda, de forma que todos los recién nacidos puedan optar al cheque. Por eso pedimos que se incremente esta partida.
De igual forma, creemos que la partida destinada a Ayudas de Emergencia Dona debe de incrementarse más y no reducirse como aparece en la propuesta. Además, consideramos que se debe de destinar mayores recursos para luchar contra la violencia de género y aunar esfuerzos, pudiendo trasladar la oficina de FAVIDE a la Casa de la Dona, entre otras medidas.
Observamos también que se reducen las ayudas a productos farmacéuticos, pensamos que es un error que todavía se puede subsanar e incrementar esta partida.
En cuanto a las Transferencias de Emergencia Social, desde el Grupo Popular, creemos que se debe de incrementar el crédito, ya que se debe ser previsores y, ante los datos macroeconómicos de nuestro país, la situación va a ser más complicada que en los últimos ejercicios.
Por otra parte, desde el Grupo Popular, instamos al equipo de gobierno a cumplir los mandatos del Pleno municipal. No vemos por ninguna parte, que se dote de crédito a aquellas mociones aprobadas por unanimidad durante la pasada y la presente legislatura. Por eso, solicitamos que se dote de crédito para:
La creación de un vial provisional entre la Marxadella y Parc Central.
Se mejore la seguridad vial en el Camí de la Mala Pujá.
Se cree el TorrentBus nocturno en los fines de semana, que una las zonas de restauración y de ocio de Torrent.
Se proteja los parajes naturales de Torrent, tal y como se aprobó por unanimidad en el Pleno de diciembre de 2019.
Se dote de presupuesto para la Creación de la Brigada de Limpieza permanente en el bosque del Vedat, tal y como se aprobó en el mes de julio de 2019.
Desde
nuestro Grupo Municipal, no hemos detectado que haya crédito en 2020 para
la construcción del refugio de animales, por lo que solicitamos que se
dote de crédito.
Tras conocer
los recortes en la Diputación de Valencia, dentro del área de juventud, consideramos
que el Ayuntamiento de Torrent en el caso de no continuar el programa de
la Dipu te Beca, debería recoger el testigo y aumentar la partida
destinada a Becas de Juventud, para poder mantener este programa a nivel
local, que tantos beneficios ha reportado al consistorio y a los jóvenes
de Torrent que han formado parte de él.
Creemos
que se debería volver a solicitar por parte del equipo de gobierno, las
ayudas para la musealización de la Torre y la restauración de la Capilla
de l’Hort de Trénor. El Ayuntamiento de Torrent consiguió subvención de la
Generalitat para ambas actuaciones, pero fueron retiradas al no haber
realizado ninguna. Por lo que instamos que se vuelvan a solicitar y no se
destinen fondos municipales.
Desde
el Grupo Popular, observamos un injustificado incremento de las partidas
destinadas a propaganda y auto bombo del equipo de gobierno, por lo que
conminamos a que se reduzcan.
En el
PP apostamos por el soterramiento de contenedores en nuestra ciudad, por
lo que instamos al gobierno municipal a dotar de presupuesto las partidas
correspondientes a este fin.
Desde
el PP, también apostamos por la creación de un Centro de Día para personas
con diversidad funcional, por lo que solicitamos al gobierno municipal, a
prever un solar municipal, que pueda ser destinado a tal fin.
Para
mejorar el tráfico y el estacionamiento en nuestra ciudad, desde el PP y
siguiendo nuestro compromiso con nuestros votantes, instamos al gobierno
municipal a crear aparcamientos periféricos que descongestionen la ciudad
y conectados con el transporte urbano.
Por otra parte, desde nuestro Grupo
Municipal, consideramos que una inversión tan importante como la del Pabellón
en El Toll – L’Alberca, con la que nuestro Grupo fue crítico por su errónea
ubicación, y que tenía que haberse ejecutado en 2019 con cargo a IFS 2018, no
debería ser asumido ahora mediante un mayor endeudamiento del Ayuntamiento de
Torrent, debido a la mala gestión del gobierno socialista.
Tampoco entendemos por qué en el área de
Deportes, se incrementa el gasto en usos reservados por el Ayuntamiento hasta
los 218.000 euros, porque no se especifica. Así como también pensamos que por
el principio de prudencia, si nunca han abonado el canon por la Explotación de
las Instalaciones de Parc Central, por qué sigue apareciendo en los Ingresos,
cuando es del todo, de dudoso cobro.
En cuanto a la subvención por Transporte
Urbano, a 26 de diciembre de 2019 todavía no se había cobrado. Para 2020
observamos que no se recoge esta subvención, mientras que la Interventora prevé
una subvención de la Generalitat Valenciana, por importe de 96.300 euros. Por
otra parte, en el Presupuesto de la Generalitat Valenciana 2020, aparece en la
sección 8, Programa 51331 “Relación de Beneficiarios de la Línea Nominativa:
28509000 Subvención al Transporte Colectivo Urbano” un importe de 188.980 euros
para Torrent. Lo cual, no está nada claro.
Lamentamos que hasta el día 16 de enero
de 2020 no hemos recibido el detalle de los TOE y Otros Gastos Diversos que
aparecen en el Presupuesto, cuando el plazo para la presentación de enmiendas
finaliza el 17 de enero. Solo un día para poder estudiar y en su caso enmendar
partidas del presupuesto.
Por otra parte, a fecha 15 de enero de
2020, se facilitó a nuestro Grupo Municipal, una rectificación por parte de
Secretaría del Pleno, ya que en el Anteproyecto que se nos había facilitado
para poder estudiar las propuestas y en su caso, presentar enmiendas, había dos
errores.
Analizando el Informe de Intervención
Número 1640/19, se puede observar cómo la interventora anota diferentes
deficiencias respecto a la propuesta de Presupuestos para 2020, que deberían
subsanarse por parte del equipo de gobierno:
…”esta intervención no ha
dispuesto del plazo de diez hábiles para emitir el informe preceptivo a la
propuesta de aprobación del anteproyecto del Presupuesto general de 2020”.
Página 1
…”no consta en el expediente del Presupuesto General 2020, información
relativa a los convenios suscritos con las Comunidades Autónomas en
materia de gasto social, con especificación de la cuantía de las
obligaciones de pago y de los derechos económicos que se deben reconocer
[…]y de las obligaciones pendientes de pago y derechos económicos
pendientes de cobro”. Página 7
“Se Informa que no figura en la plantilla la plaza correspondiente al
Titular del órgano de contabilidad, órgano que debe cubrirse por un
funcionario de habilitación nacional, perteneciente a la sub-escala de
intervención tesorería, categoría de entrada. […] Resulta necesario adaptar la organización
económica a las exigencias requeridas en el titulo X de la ley 7/1985
reguladora de las bases de régimen local, creando para ello el órgano de
contabilidad, y separando de este modo las funciones de fiscalización
(atribuidas a la intervención general) de las de contabilidad. Además, así
queda recogido en el art.79 del Reglamento orgánico de gobierno y
administración del Ayuntamiento de Torrent”. Páginas 8-9
… “A fecha actual no se ha podido realizar el control financiero
posterior de los ejercicios 2018 y 2019, salvo al área de Personal, se
insiste en la necesidad de adaptar los medios materiales y humanos a la
Organización de un Ayuntamiento calificado como de gran Población, pues el
departamento de intervención, debe contar con los medios necesarios para
efectuar un control interno más eficiente, y para ello resulta necesario
que la separación de las funciones de contabilidad y de fiscalización sean
efectivas”. Página 9
… “esta Intervención considera que el aplicativo informático que
tramita los expedientes electrónicos, a la hora de fiscalizarlos no
permite ejercer la función interventora en su integridad y de forma
objetiva, ya que no se garantiza la integridad y la inamovilidad del Expediente,
provocando en muchas ocasiones que se integren en el expediente documentos
e informes una vez ha sido fiscalizado por la Intervención”. Página 11
… “en el Anexo de personal figuran puestos de trabajo que no están
consignados en su totalidad”. Página 13
… “No figura en el expediente acuerdo de aprobación del proyecto de
presupuesto del Consorcio de Servicios ámbito Deportivo L’Horta. Al
respecto, señalar que el proyecto
de presupuesto no podrá aprobarse por el Pleno de la Corporación hasta
tanto en cuanto no se anexe el presupuesto del Consorcio al Presupuesto
General”. Páginas
13-14
… “a la hora de concertar la nueva operación de préstamo será
necesario calcular de nuevo el ahorro neto, ya que el Ministerio ha venido
a modificar el régimen de autorización de las operaciones de crédito
previstos en el artículo 53 del TRLRHL exigiendo, en todo caso con
carácter preceptivo la liquidación del último ejercicio presupuestario”. Página 18
… “para poder cubrir el posible incremento de los gastos de personal,
habría que dotar la posible subida en el fondo de contingencia para
financiar las posibles modificaciones presupuestarias que puedan
producirse a lo largo del ejercicio.
A tal efecto
resultaría conveniente dotar el Fondo de Contingencia con una cuantía que nos
permitiera el abono en su caso de un posible incremento retributivo”. Páginas 19-20
Respecto a la FDM, “El anexo de personal que se adjunta no
contempla las cantidades totalizadas para todo el ejercicio, ni las
cuantías correspondientes a Seguridad Social. Tampoco se contempla una
previsión para posibles incrementos en el supuesto que se aprueben en la
Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2020. Se incluye el puesto
de Gerente”. Página 23
Respecto al Capítulo 1,
Consell Agrari, “Asciende al importe
de 346.962,50 €. Los importes consignados no son los que se reflejan en el
anexo de personal que se adjunta”. Página 25
Respecto al Capítulo 6 del
Consell Agrari, “El importe
consignado en este capítulo para el ejercicio 2020 es de 15.000, €. Este
importe no es que se refleja en el acuerdo aprobado por el Consejo
Rector”. Página 25
Respecto a Nous Espais…”la empresa no realiza un estudio de
costes en base al cual se obtienen los datos necesarios para poder
facturar los servicios de jardinería y de mantenimiento de colegios, fruto
del cual se factura al ayuntamiento por estos servicios. Por otra parte,
la mayoría de los servicios encomendados se subcontratan al carecer la
empresa de medios propios para ejecutarlos”. Página 27
Por todo lo
expuesto anteriormente, desde el Grupo Municipal del Partido Popular,
presentamos las siguientes Enmiendas al Presupuesto del Ayuntamiento de Torrent
para el ejercicio 2020 y pedimos que se tomen en cuenta. No obstante, nuestro
interés es que se de prioridad, se invierta y se dote de crédito las partidas
que hemos explicado en las páginas que preceden a las siguientes enmiendas:
ENMIENDAS A LOS INGRESOS:
Enmienda número 1 a los Ingresos por Impuestos Directos e Indirectos y
Gestión Municipal.-
La partida económica 11300 por IBI: Naturaleza Urbana
se minora en la cantidad de 500.000 euros, quedando presupuestada la cantidad
de 19.200.000 euros.
Esta reducción la fundamentamos para que baje en esa cantidad los recibos de
IBI a los ciudadanos de Torrent.
La Ordenanza fiscal
reguladora del IBI no ha sido modificada, todavía hay tiempo para poder
modificarla y aprobar una reducción de la partida en el Presupuesto para el
ejercicio 2020.
Enmienda número 2.-
En el Capítulo 3, Ingresos por Publicidad y
Esponsor, la partida 39901, no aparece en ingresos, se incrementa en 20.000
euros.
ENMIENDAS DE INCREMENTO DE LOS GASTOS:
Enmienda número 3.-
Programa 1700 Administración General del
Medio Ambiente. La partida 1700.48032 Subvención RECICLA que no aparece
reflejada en el Anteproyecto, se dota con 1.204.445 euros.
Es una subvención muy reclamada por los
vecinos y vecinas de Torrent, que realizan buenas prácticas medioambientales,
que premia a los vecinos por reciclar y que prácticamente beneficiaba a todas
las viviendas de la localidad hasta que fue eliminada. Por lo que proponemos
que vuelva a dotarse y con 1.204.445 euros.
Enmienda número 4.-
Programa 2311 Mayores. La partida 2311.48019
Cheque Recién Nacido, con un crédito inicial de 36.000 euros, se incrementa en 64.000
euros, quedando fijada en 100.000 euros.
Esta enmienda la fundamentamos porque
consideramos que muy pocos recién nacidos pueden acceder al cheque desde que en
el año 2016 se redujo a la mitad su presupuesto y se añadieron los criterios de
renta. Tan pocas familias de Torrent pueden acceder al cheque con las nuevas
bases que, sobra remanente.
Por eso, desde el Grupo Popular queremos
que vuelva a ser una ayuda para todas las familias que tienen un bebé o que
adoptan, sin criterio de renta, como apoyo de su Ayuntamiento en esos momentos.
Además, de un apoyo al comercio local. Por eso enmendamos la propuesta, y
pedimos que sea dotada con 100.000 euros como en el año 2015.
Enmienda número 5.-
Programa 2311 Mayores. La partida 2311.48032
Familias monoparentales, con un crédito inicial de 60.000 euros, se incrementa
en 40.000 euros, quedando en 100.000 euros.
Desde que esta ayuda ha sido ampliada a
familias monoparentales, son muchas las solicitudes que se deniegan por no
haber presupuesto para todos, por eso enmendamos la propuesta para que se
incremente en 40.000 euros y que la ayuda pueda llegar a un mayor número de
beneficiarias.
Ya que, según la Liquidación del
Presupuesto de 2018, hubo un remanente de crédito negativo de 26.800 euros,
creemos que el incremento de esta partida, y no su reducción como propone el
gobierno municipal, está más que justificado.
Enmienda número 6.-
Programa 2311 Mayores. La partida
2311.48033 Ayudas emergencia dona, con un crédito inicial de 45.000 euros, se
incrementa en 10.000 euros, quedando en 55.000 euros.
Justificamos el incremento de esta
partida, ya que en la Liquidación del Presupuesto en 2018, el crédito era de
55.000 euros y se produjo un remanente de crédito positivo de 69,54 euros.
Enmienda número 7.-
Programa 1510 Urbanismo y
Planeamiento. La partida 1510.60900 Otras inversiones nuevas en infraestructuras
y bienes, dotada con 1.000 euros, se incrementa en 39.000 euros, quedando
fijada en 40.000 euros.
La apertura de un vial provisional entre
las calles Melbourne y Albaida para unir el Parc Central y La Marxadella, está
aprobada por el Pleno municipal por unanimidad en el año 2016, tras la moción
presentada por el Partido Popular. Por lo tanto, queda justificada esta
enmienda.
Enmienda número 8.-
Programa 1510 Urbanismo y planeamiento. La
partida 1510.61900 otras inversiones de reposición en infraestructuras y
bienes, con un crédito inicial de 1.000 euros, se incrementa en 39.000 euros.
Enmendamos esta partida incrementando su
crédito hasta 40.000 euros para poder acometer las obras de reforma y
ampliación del Camí de la Mala Pujà en El Vedat.
Enmienda número 9.-
Programa 3111 Bienestar Animal. Introducimos
para el Proyecto Refugio de Animales, que no aparece en el Anexo de
Inversiones, un crédito de 30.000 euros.
Enmienda número 10.-
Programa 4411 Transporte Colectivo Urbano
de Viajeros. La Partida 4411.22300 Transporte Urbano, con un crédito inicial de
1.152.279 euros, se incrementa en 32.000 euros, quedando en 1.184.279 euros.
Incrementamos esta partida para dar
cabida a la moción aprobada en el Pleno municipal, para la creación de la línea
nocturna los fines de semana, de Torrent Bus.
Enmienda número 11.-
Programa 1710 Parques y Jardines. La
Partida 1710.25000 Encomienda Nous Espais, con un crédito inicial de 1.750.000
euros, se incrementa en 120.000 euros, quedando fijada en 1.870.000 euros.
Justificamos este incremento, para dar
cumplimiento al acuerdo plenario de 2019, por el cual se aprobó la creación de
una brigada forestal municipal en El Vedat, a propuesta del PP. Si no es a
través de incrementar la encomienda a Nous Espais, que sea como otro tipo de
personal, el que se considere. Lo que pedimos desde el PP es que se ponga en
marcha este mandato del Pleno del Ayuntamiento de Torrent.
Enmienda número 12.-
Programa 1510 Urbanismo y Planeamiento. La
Partida 1510.60900 Otras Inversiones Nuevas en Infraestructuras y Bienes, con
un crédito inicial de 1.000 euros, y que en la Enmienda número 7 hemos
incrementado hasta 40.000 euros. Se incrementa en 50.000 euros más para dar
cumplimento a la moción aprobada el 5 de diciembre para la protección y
preservación de los parajes naturales de Torrent. Quedando la partida aumentada
hasta 90.000 euros.
Justificamos este incremento para que se
puedan adquirir los terrenos rústicos donde se ubica la Font de Sant Lluis, la
Font de Manyes, la Lloma de Muntanyana y el Clot de Bailón, tal y como se
aprobó por el Pleno del Ayuntamiento de Torrent.
Enmienda número 13.-
Programa 3341 Promoción Cultural Juventud.
La Partida 3341.48033 Becas Juventud con un crédito inicial de 21.000 euros, se
incrementa en 50.000 euros, quedando establecida en 71.000 euros para la
creación de becas formativas para estudiantes universitarios y de Formación
profesional.
Justificamos este incremento para que el
Ayuntamiento de Torrent pueda seguir contando con becarios en el período
estival como hasta ahora había a través del programa de la Dipu te Beca.
Enmienda número 14.-
Programa 2310 Asistencia Social Primaria.
La Partida 2310.48016 Transferencias de Emergencia Social se incrementa en
56.000 euros, quedando un crédito inicial de 1.000.000 de euros.
Justificamos incrementar la partida de
Transferencias de Emergencia Social, porque en la liquidación del presupuesto
anterior se pagaron 957.456,16 euros, produciéndose un remanente de crédito
negativo de 13.596,16 euros. Por eso, consideramos que es necesario incrementar
esta partida social hasta 1 millón de euros.
Enmienda número 15.-
Programa 2310 Asistencia Social Primaria.
La Partida 2310.48039 Ayudas productos farmacéuticos se incrementa en 7.000
euros, quedando un crédito de 32.000 euros, frente a los 25.000 euros que había
previstos.
Enmendamos esta partida para que se
incremente y haya al menos la misma cantidad que la dispuesta en el ejercicio
2018.
Enmienda número 16.-
Incrementar el presupuesto destinado a la
lucha contra la violencia de género, asistencia social integral que incluye
servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de
recuperación integral a las víctimas y a los hijos que también son víctimas,
traslado de la oficina de FAVIDE a la Casa de la Dona, etc. Aumentar el crédito
destinado a luchar contra esta lacra en 100.000 euros.
Enmienda número 17.-
Habilitar un crédito de 70.000 euros
para la creación de nuevas islas de contenedores soterrados en la ciudad de
Torrent.
Enmienda número 18.-
Programa 1320 Seguridad y Orden
Público. La Partida 1320.61900 Otras Inversiones de reposición en
infraestructuras y bienes, con un crédito inicial de 24.200 euros, se
incrementa en 40.000 euros, quedando un crédito de 64.200 euros.
Justificamos el incremento de esta
partida para que se realicen mejoras en la seguridad y en las instalaciones de
la Central de la Policía Local de Torrent.
ENMIENDAS DE REDUCCIÓN DE LOS GASTOS:
Enmienda número 19.-
Programa 1320 Seguridad y Orden Público. La
Partida 1320.20400 Arrendamientos de material de transporte, minora en 20.000
euros, quedando en 115.000 euros.
Reducimos esta partida, ya que según la
liquidación del presupuesto anterior, quedó un remanente de crédito de 21.558
euros.
Enmienda número 20.-
Programa 1510 Urbanismo y Planeamiento. La
Partida 1510.22699 Otros Gastos Diversos, se reduce en 15.000 euros, quedando
establecida en 5.000 euros.
Reducimos esta partida, ya que según la
liquidación del presupuesto anterior, quedó un remanente de crédito de
24.403,79 euros.
Enmienda número 21.-
Programa 1510 Urbanismo y Planeamiento. La
Partida 1510.22706 Estudios y Trabajos técnicos se reduce en 50.000 euros,
quedando establecida en 130.000 euros.
Reducimos esta partida, ya que según la
liquidación del presupuesto anterior, quedó un remanente de crédito de
152.939,02 euros.
Enmienda número 22.-
Programa 1510 Urbanismo y
Planeamiento. La Partida 1510.22799 TOE: Otros trabajos minora en 15.000 euros,
quedando establecida en 25.000 euros.
Reducimos esta partida, ya que según la
liquidación del presupuesto anterior, quedó un remanente de crédito de
24.819,37 euros.
Enmienda número 23.-
Programa 1532 Pavimentación de Vías
Públicas. La Partida 1532.21000 Infraestructuras y bienes nat. disminuye en
300.000 euros, quedando fijada en 400.000 euros.
Enmienda número 24.-
Programa 1532 Pavimentación de Vías
Públicas. La Partida 1532.22103 Combustibles y Carburantes, disminuye en 32.000
euros, quedando establecida en 8.960 euros.
Reducimos esta partida, ya que según la
liquidación del presupuesto anterior, quedó un remanente de crédito de
22.106,93 euros.
Enmienda número 25.-
Programa 1532 Pavimentación de Vías
Públicas. La Partida 1532.22111 Suministros, maquinaria, utillaje, elementos de
transporte y materiales, disminuye en 30.000 euros, quedando establecida
25.0000 euros.
Reducimos esta partida, ya que según la
liquidación del presupuesto anterior, quedó un remanente de crédito de
41.593,52 euros.
Enmienda número 26.-
Programa 1532 Pavimentación de Vías
Públicas. La Partida 1532.22744 Ejecuciones Subsidiarias, minora en 10.000
euros, quedando fijada en 0 euros.
Reducimos esta partida, ya que según la
liquidación del presupuesto anterior, no se gastó ni un solo euro.
Enmienda número 27.-
Programa 1532 Pavimentación de Vías
Públicas. La Partida 1532.61900 Otras inversiones de reposición en
infraestructuras y bienes, se reduce en 160.000 euros, quedando con un crédito
de 97.488 euros.
Reducimos esta partida porque en la
liquidación del presupuesto anterior, solo había 9.599,89 euros de obligaciones
reconocidas, quedando un remanente de crédito de 1.914.747,10 euros.
Enmienda número 28.-
Programa 1621 Recogida de Residuos. La
Partida 1621.22699 Otros gastos diversos, se reduce en 10.000 euros, quedando
un crédito inicial de 8.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, solo había comprometido 5.413 euros,
quedando un remanente de crédito de 122.086,78 euros.
Enmienda número 29.-
Programa 1700 Administración general del
Medio Ambiente. La Partida 1700.20000 Arrendamientos de terrenos se reduce en
8.000 euros, quedando un crédito de 0 euros.
Este arrendamiento corresponde a una
parcela rústica en la cantera y que consideramos de un importe excesivo, por lo
que instamos al gobierno local a que mediante la fórmula jurídica más
apropiada, adquiera la propiedad.
Enmienda número 30.-
Programa 1700 Administración general del
Medio Ambiente. La Partida 1700.22103 Combustibles y carburantes, se reduce en
6.000 euros, quedando un crédito de 4.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, solo había comprometido 3.601 euros,
quedando un remanente de crédito de 6.398,68 euros.
Enmienda número 31.-
Programa 1700 Administración general del
Medio Ambiente. La Partida 1700.22104 Suministros de vestuarios minora en 3.000
euros, quedando un crédito de 2.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, solo había comprometido 91,6 euros,
quedando un remanente de crédito de 5.008,40 euros.
Enmienda número 32.-
Programa 2310 Asistencia Social Primaria.
La Partida 2310.21200 Conservación y reparación de edificios, se reduce en
10.000 euros, quedando establecida en 5.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, se produjo un remanente de crédito de 10.029,64
euros.
Enmienda número 33.-
Programa 2310 Asistencia Social Primaria.
La Partida 2310.22699 Otros gastos diversos se reduce en 20.000 euros, quedando
un crédito de 32.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, se produjo un remanente de crédito de 20.735
euros y solamente se comprometieron 20.462,08 euros.
Enmienda número 34.-
Programa 2311 Mayores. La Partida
2311.21200 Conservación y reparación de edificios se reduce en 5.000 euros,
quedando un crédito de 5.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, se produjo un remanente de crédito de 18.969,47
euros y solamente se comprometieron 6.030,53 euros.
Enmienda número 35.-
Programa 3110 Protección de la
salubridad pública. La Partida 3110.22699 Otros Gastos diversos se reduce en
30.000 euros, quedando establecida esta partida en 5.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, se produjo un remanente de crédito de 22.281,75
euros y solamente se comprometieron 5.718,25 euros.
Enmienda número 36.-
Programa 3230 Funcionamiento de Centros de
Enseñanza. La Partida 3230.22100 Suministros energía eléctrica, se reduce en
10.000 euros, quedando un crédito de 145.000 euros.
Justificamos esta reducción porque en la
liquidación del presupuesto anterior, se produjo un remanente de crédito de 29.735,28
euros y solamente se comprometieron 142.223,13 euros.
Enmienda número 37.-
Programa 3230 Funcionamiento de los Centros
de Enseñanza. La Partida 3230.22103 Combustibles y carburantes, se reduce en
15.000 euros, quedando un crédito de 80.000 euros.
Justificamos la reducción, ya que se
produjo un remanente de crédito de 39.452,27 euros en la liquidación del
presupuesto anterior. Además, no entendemos por qué hay una partida específica
cuando en la partida 3230.2799 TOE, según el detalle que se nos ha facilitado,
hay 80.000 euros para Combustible para la Calefacción de los Colegios Públicos.
Enmienda número 38.-
Programa 3260 Servicios Complementarios
Educación. La Partida 3260.22699 Otros gastos diversos, se minora en 30.000
euros, quedando establecida en 44.650 euros.
Justificamos la reducción, ya que se
produjo un remanente de crédito de 39.061,99 euros en la liquidación del
presupuesto anterior y solo hubo 41.938,01 euros de obligaciones reconocidas.
Enmienda número 39.-
Programa 3260Servicios Complementarios Educación. La partida 3260.22601 Atenciones
protocolarias y representativas, se reduce en 3.000, quedando un crédito
inicial de 0 euros.
En el presupuesto anterior no había
crédito para esta partida y tampoco se produjeron obligaciones.
Enmienda número 40.-
Programa 3260 Servicios Complementarios
Educación. La partida 3260.22799 TOE: Otros trabajos se reduce en 100.000
euros, quedando fijada en 900.000 euros.
En el presupuesto anterior se
comprometieron 762.969,75 euros, aun con nuestra reducción, el crédito sería
muy superior, en comparación del año anterior.
Enmienda número 41.-
Programa 3300 Administración General
Cultura. La partida 3300.63900 Otras Inversiones de reposición, se reduce en
5.000 euros, quedando un crédito inicial de 0 euros.
En la liquidación del presupuesto
anterior, no hubo crédito en esta partida ni obligaciones.
Enmienda número 42.-
Programa 3321 Bibliotecas Públicas.
La Partida 3321.22699 Otros gastos diversos se reduce en 5.000 euros, quedando
un crédito de 30.000 euros.
En la liquidación del año anterior,
quedó un remanente de crédito de 9.059,82 euros.
Enmienda número 43.-
Programa 3330 Equipamientos culturales y
museos. La Partida 3330.47200 Subvención Explotación Auditori, se minora en
100.000 euros, quedando en 360.000 euros.
En la liquidación del ejercicio
anterior, solo se comprometió un gasto de 342.000 euros, quedando un remanente
de crédito de 114.000 euros.
Enmienda número 44.-
Programa 3340 Promoción del Valenciano. La
Partida 3340.22602 Publicidad e información se reduce en 3.000 euros, quedando
un crédito de 4.700 euros.
Con nuestra reducción, quedaría más
crédito que las obligaciones reconocidas en la liquidación del ejercicio
anterior, en el que se produjo un remanente de 2.157,92 euros.
Enmienda número 45.-
Programa 3340 Promoción del Valenciano. La
Partida 3340.22699 Otros gastos se minora en 20.000 euros, quedando un crédito
de 21.700 euros.
Enmienda número 46.-
Programa 3340 Promoción del
Valenciano. La Partida 3340.48032 Subvención gabinete promoción valenciano se
reduce en 5.000 euros, quedando un crédito de 17.000 euros.
Enmienda número 47.-
Programa 3341 Promoción Cultural Juventud.
La partida 3341.48041 Tarjeta Movilidad Joven, se reduce en 50.000 euros,
quedando un crédito de 50.000 euros.
Justificamos esta reducción, ya que con
un crédito de 100.000 euros en el ejercicio anterior, quedó un remanente de
crédito de 50.575 euros.
Enmienda número 48.-
Programa 3341 Promoción Cultural Juventud.
La Partida 3341.22699 Otros gastos se reduce en 10.000 euros, quedando fijada
en 50.000 euros.
Justificamos la reducción, ya que en la
liquidación del ejercicio anterior, se gastó la misma cantidad que enmendamos.
Enmienda número 49.-
Programa 3342 Promoción Cultural. La
partida 3342.21200 Conservación y reparación minora en 4.000 euros, quedando un
crédito de 1.000 euros.
Justificamos esta reducción en que en el
ejercicio anterior se produjo un remanente de 9.075,29 euros.
Enmienda número 50.-
Programa 3342 Promoción Cultural. La
Partida 3342.22602 Publicidad e Información se minora en 1.000 euros, quedando
un crédito de 1.000 euros.
En el ejercicio 2018, con un crédito de 5.000 euros,
solo se dispuso de 740,76 euros. Y en el de 2019, a fecha de 26 de diciembre
solo se utilizaron 363 euros, de los 5.000 euros de presupuesto.
Enmienda número 51.-
Programa 3342 Promoción Cultural. La
Partida 3342.22699 Otros gastos se reduce en 5.000 euros, quedando un crédito
de 20.000 euros.
Enmienda número 52.-
Programa 3342 Promoción Cultural. La
Partida 3342.22609 Actividades Culturales se reduce en 30.000 euros, quedando
un crédito de 60.000 euros.
Enmienda número 53.-
Programa 3342 Promoción Cultural. La
Partida 3342.22799 TOE: EMAT se reduce en 30.000 euros, quedando un crédito de
20.000 euros.
Esta reducción se justifica en que en la
liquidación del ejercicio anterior, solo se dispuso de 13.697,51 euros,
quedando un remanente de 19.952,49 euros.
Enmienda número 54.-
Programa 3360 Protección y gestión del
patrimonio histórico-artístico. La Partida 3360.63200 se minora en 386.445
euros, quedando un crédito de 0 euros.
En el anexo de inversiones, los gastos
de esta partida son para el Palauet, la Torre y el Hort de Trénor. Este equipo
de gobierno perdió una subvención ya concedida por la Consellería por valor de
363.000 euros para la rehabilitación de la capilla del Trénor y la
musealización de la Torre. A pesar de que la Dirección General amplió un mes el
plazo de presentación del proyecto técnico y la autorización de la Conselleria competente,
el Ayuntamiento de Torrent no lo presentó a tiempo, ni los diez días hábiles
que le requirió el pasado mes de diciembre. Por lo que instamos al gobierno
municipal a volver a solicitar esta subvención.
Enmienda número 55.-
Programa 3382 Otras Fiestas. La Partida
3382.22799 TOE otros trabajos, se minora en 280.000 euros, quedando un crédito
de 20.000 euros.
En la liquidación del ejercicio
anterior, solo se gastaron 18.662,58 euros de esta partida, quedando un
remanente de crédito de 21.337,42 euros.
Enmienda número 56.-
Programa 3410 Promoción y fomento de
deporte. La Partida 3410.41000 Aportación a la OAM Fundación Deportiva
Municipal se minora en 200.000 euros, quedando un crédito de 1.368.436 euros.
Enmienda número 57.-
Programa 4930 Protección del Consumidor y
Usuarios. Programa 4930.22602 Publicidad y propaganda, minora en 5.000 euros,
quedando la partida en 0 euros.
Justificamos esta reducción ya que en la
liquidación del presupuesto anterior, esta partida quedó intacta y en el ejercicio
2019, también.
Enmienda número 58.-
Programa 9120 Órganos de Gobierno. La
Partida 9120.22601 Atenciones protocolarias y representativas, se reduce en
5.000 euros, quedando en 0 euros.
Justificamos esta reducción, para que
quede como en el presupuesto de 2016, en 0 euros.
Enmienda número 59.-
Programa 9120 Órganos de Gobierno. La
partida 9120.22699 Otros gastos diversos, se reduce en 10.000 euros, quedando
un crédito de 0 euros.
Enmienda número 60.-
Programa 9120 Órganos de Gobierno.
La Partida 9120.22001 Prensa, libros, revistas y bases de datos, se reduce en
5.000 euros, quedando un crédito de 2.000 euros.
Enmienda número 61.-
Programa 9200 Administración
General. La Partida 9200.22001 Prensa, revistas, libros y otras se reduce en
13.000 euros, quedando un crédito de 32.987,96 euros.
Enmendamos esta partida para que quede
como en el ejercicio anterior.
Enmienda número 62.-
Programa 9200 Administración General. La
Partida 9200.22601 Gabinete de Prensa, se reduce en 113.000 euros, quedando un
crédito de 37.000 euros.
Justificamos esta reducción, para que la
partida tenga un crédito igual al utilizado en el año 2019, de 37.000 euros.
Enmienda número 63.-
Programa 9200 Administración
General. La Partida 9200.22602 Publicidad e Información se reduce en 37.000
euros, quedando un crédito de 83.000 euros.
Justificamos esta reducción, para que la
partida tenga el mismo crédito que las obligaciones reconocidas en la
liquidación del presupuesto de 2018.
Enmienda número 64.-
Programa 9201 Informática y Modernización.
La Partida 9201.22200 Servicios de Telecomunicaciones se reduce en 117.000
euros, quedando un crédito de 156.000 euros.
Justificamos la reducción de esta
partida, para que quede un crédito como el dispuesto en 2018, según se desprende
de la liquidación de ese ejercicio.
Enmienda número 65.-
Programa 9310 Política Económica y
Fiscal. La Partida 9310.22799 Otros trabajos realizados se reducen en 90.000
euros, quedando un crédito de 180.000 euros.
Justificamos la reducción, para que quede
un crédito igual al dispuesto en 2018 y 2019.
Enmienda número 66.-
Programa 9220 Coordinación y Organización
Institucional de Entidades Locales. La Partida 9220.22699 Otros Gastos se
reduce en 20.000 euros, quedando en 0 euros.
CUADRO
RESUMEN
TOTAL
INGRESOS ANTEPROYECTO
59.044.000,00
€
ENMIENDA 1
-500.000,00 €
ENMIENDA 2
20.000,00 €
TOTAL INGRESOS
58.564.000,00
€
GASTOS ANTEPROYECTO
59.044.000,00
€
ENMIENDA 3
1.204.445,00 €
ENMIENDA 4
64.000,00 €
ENMIENDA 5
40.000,00 €
ENMIENDA 6
10.000,00 €
ENMIENDA 7
39.000,00 €
ENMIENDA 8
39.000,00 €
ENMIENDA 9
30.000,00 €
ENMIENDA 10
32.000,00 €
ENMIENDA 11
120.000,00 €
ENMIENDA 12
50.000,00 €
ENMIENDA 13
50.000,00 €
ENMIENDA 14
56.000,00 €
ENMIENDA 15
7.000,00 €
ENMIENDA 16
100.000,00 €
ENMIENDA 17
70.000,00 €
ENMIENDA 18
40.000,00 €
Total enmiendas incremento
1.951.445,00
€
60.995.445,00
€
ENMIENDA 19
-20.000,00 €
ENMIENDA 20
-15.000,00 €
ENMIENDA 21
-50.000,00 €
ENMIENDA 22
-15.000,00 €
ENMIENDA 23
-300.000,00 €
ENMIENDA 24
-32.000,00 €
ENMIENDA 25
-30.000,00 €
ENMIENDA 26
-10.000,00 €
ENMIENDA 27
-160.000,00 €
ENMIENDA 28
-10.000,00 €
ENMIENDA 29
-8.000,00 €
ENMIENDA 30
-6.000,00 €
ENMIENDA 31
-3.000,00 €
ENMIENDA 32
-10.000,00 €
ENMIENDA 33
-20.000,00 €
ENMIENDA 34
-5.000,00 €
ENMIENDA 35
-30.000,00 €
ENMIENDA 36
-10.000,00 €
ENMIENDA 37
-15.000,00 €
ENMIENDA 38
-30.000,00 €
ENMIENDA 39
-3.000,00 €
ENMIENDA 40
-100.000,00 €
ENMIENDA 41
-5.000,00 €
ENMIENDA 42
-5.000,00 €
ENMIENDA 43
-100.000,00 €
ENMIENDA 44
-3.000,00 €
ENMIENDA 45
-20.000,00 €
ENMIENDA 46
-5.000,00 €
ENMIENDA 47
-50.000,00 €
ENMIENDA 48
-10.000,00 €
ENMIENDA 49
-4.000,00 €
ENMIENDA 50
-1.000,00 €
ENMIENDA 51
-5.000,00 €
ENMIENDA 52
-30.000,00 €
ENMIENDA 53
-30.000,00 €
ENMIENDA 54
-386.445,00 €
ENMIENDA 55
-280.000,00 €
ENMIENDA 56
-200.000,00 €
ENMIENDA 57
-5.000,00 €
ENMIENDA 58
-5.000,00 €
ENMIENDA 59
-10.000,00 €
ENMIENDA 60
-5.000,00 €
ENMIENDA 61
-13.000,00 €
ENMIENDA 62
-113.000,00 €
ENMIENDA 63
-37.000,00 €
ENMIENDA 64
-117.000,00 €
ENMIENDA 65
-90.000,00 €
ENMIENDA 66
-20.000,00 €
Total enmiendas que minoran
-2.431.445,00
€
58.564.000,00
€
TOTAL GASTOS
58.564.000,00
€
La enmienda 1 minora los ingresos en el
presupuesto, la enmienda 2 incrementa los ingresos, las enmiendas de la 3 a la
18 incrementan el gasto. Las enmiendas que van de la 19 a la 66 minoran los
gastos previstos. Con la aplicación de las enmiendas del Grupo Popular, el Presupuesto
para el ejercicio 2020 se reduce con respecto a la propuesta del gobierno
municipal, en 480.000 euros.
Como se puede apreciar en el cuadro
resumen, los Ingresos y los Gastos tras la aplicación de nuestras 66 enmiendas,
da como resultado un Equilibrio Presupuestario.
D.
Amparo Folgado Tonda, portavoz del Grupo Popular del Ayuntamiento deTorrent, al
amparo de lo que establece la Ley de Bases de Régimen Local y el Decreto
2568/1986 de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales,
SOLICITO
Detalle de los conceptos e importes
de los derechos de cobro reconocidos por el Ayuntamiento de Torrent frente a la
Generalitat Valenciana pendientes de cobro a fecha de este escrito, tanto del
ejercicio corriente como, en su caso, de presupuestos cerrados, indicando y
detallando la cuantía y concepto.
Detalle de los conceptos e importes
de los compromisos de ingresos adquiridos por la Generalitat Valenciana no
satisfechos a fecha de este escrito.
AMPARO FOLGADO TONDA, Portavoz del Grupo Político Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de
Torrent, se dirige al Pleno de la Corporación Local y en relación a la MOCIÓNSOBRE LA OBLIGACIÓN QUE LA BANDERA NACIONAL ONDEE EN LOS CENTROS
PÚBLICOS DE ENSEÑANZA SECUNDARIA Y BACHILLER
Presenta la siguiente:
ENMIENDA DE ADICIÓN
Que en el acuerdo, se incluya la bandera
oficial de la Comunidad Valenciana y la bandera de la Unión Europea, según
dispone la Ley 39/1981 de 28 de octubre por la que se regula el uso de la
bandera de España y el de otras banderas y enseñas y la Ley 8/1984 de 4 de
diciembre, por la que se regulan los símbolos de la Comunitat Valenciana y su
utilización.
Así como también, que se incluyan los
centros públicos de Primaria y Formación Profesional.
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