MOCIÓN PARA DEJAR SIN EFECTO LA REPROBACIÓN AL ARZOBISPO DE VALENCIA Y MOSTRAR EL RECONOCIMIENTO DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENT A LAS ONG QUE HAN TRABAJADO PARA ACOGER A LOS MIGRANTES DEL AQUARIUS
Amparo Folgado Tonda, en calidad de Portavoz del Grupo Municipal Popular, por medio del presente escrito, y haciendo uso de la legalidad vigente y de las atribuciones que de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y el real Decreto 2568/1986, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Artículo 97.3), eleva al Pleno de la Corporación para su debate y votación la siguiente moción:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El pasado domingo, 17 de junio de 2018 llegaron a la ciudad de Valencia, 630 migrantes procedentes del “Aquarius”. Las administraciones públicas, así como entidades como Cruz Roja Española, la Iglesia Católica a través de Cáritas, Accem, Cepaim, Cear y Acnur entre otras ONG, colaboraron en el dispositivo de llegada y en la comisión mixta.
Varios días antes de la llegada del Aquarius a Valencia, el obispo auxiliar, Arturo Ros, anunció que “Cáritas ofrecía 200 plazas para acoger a migrantes del Aquarius”, además mostró su “gratitud por el reconocimiento de Mónica Oltra a nuestra disposición, no solo para colaborar, sino para poner nuestros medios y capacidades para que estas personas que están sufriendo puedan tener dignidad”.
A los pocos días, la Diócesis de Valencia ya atendía a 40 migrantes procedentes del Aquarius, veinte de ellos, los más jóvenes, acogidos en la Ciudad de la Esperanza, ubicada en Aldaia. Los otros veinte son tres familias con hijos menores y siete adultos, que se ubicaron en cuatro viviendas que Cáritas Diocesana dispone para migrantes y refugiados, dentro de su Programa Vivienda. Desde su llegada a cada uno de los pisos, el personal técnico de Cáritas ha realizado las labores de acogida, facilitándoles ropa, alimentos y los enseres que necesitan.
Del mismo modo, un equipo de personas voluntarias de las Cáritas parroquiales de las zonas en las que están situadas las viviendas se ocupará, durante el tiempo que estén las personas acogidas, de realizar labores de acompañamiento, asesoradas en todo momento por el personal de Cáritas.
Tanto la Ciudad de la Esperanza como las viviendas de Cáritas están perfectamente acondicionadas y preparadas para ofrecer una atención especializada, gracias también al voluntariado de toda la diócesis que está activado en todos los ámbitos, técnicos, sanitarios, traductores, psicólogos y psicoterapeutas, etc.
Además de estas cuatro viviendas que acogen a personas llegadas en la flotilla del Aquarius, Cáritas Diocesana de Valencia tiene otras 28 en la diócesis, en las que se albergan 167 personas, entre ellas, varones migrantes en situación administrativa irregular, personas en situación de sin hogar y familias. De ellas, 38 eran solicitantes de asilo. En 2017, del total de las 53.175 personas beneficiarias de la acción de Cáritas en toda la diócesis, el 48 por ciento eran extranjeras.
El Arzobispado de Valencia, además de acoger a estas 40 personas, tenía dispuestas hasta 200 plazas para acoger a migrantes del Aquarius en las localidades de Serra, Moncada y en nuestra ciudad, Torrent. En la ciudad de Torrent, concretamente en un ex convento ubicado en la zona de Santo Angel.
La vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, dio gracias al arzobispado y a su ONG Cáritas Diocesana porque “incluso antes de que existiera la posibilidad de que el barco llegara a Valencia ya advirtieron que podían acoger y se pusieron a trabajar desde el minuto cero”.
El Arzobispo de Valencia, Antonio Cañizares, en una carta publicada en la revista “Paraula” con el título “Aquarius: Nuestra respuesta cristiana”, afirmó seguir con “asombro, estupor, compasión, dolor y aun vergüenza, durante largos y angustiosos días, la travesía de 629 personas por el Mediterraneo, mar que está siendo boca y tumba anónima, insaciable y devoradora que se traga o se ha tragado ya a santísimas víctimas de la injusticia, de los egoísmos de los poderosos, de la crueldad inhumana, de intereses inconfesables, de mafias y de la cerrazón en sí misma de las naciones”.
Además, en la propia carta, muestra que la Diócesis de Valencia “está dispuesta y pronta para acoger, proteger, promover e integrar a los emigrantes y refugiados”. “La Delegación Diocesana de Migración, Cáritas diocesana, continuando ambas con su obra diaria con los inmigrantes y refugiados que ya viene haciendo, la Universidad Católica con sus propios medios –médicos, enfermeros/as, profesores, lingüistas–, las Órdenes y Congregaciones religiosas, con sus carismas propios, comunidades, el Seminario, las parroquias, familias, sacerdotes, laicos, voluntarios, asociaciones… todos se han ofrecido y están dispuestos a colaborar en dar respuesta cristiana de amor, de caridad, de justicia, a esta situación de emergencia y a ayudar en el tiempo que se precise, en lo sucesivo, y esté en sus manos”.
Vista la reacción de la Iglesia Católica en Valencia y de su arzobispo, Antonio Cañizares a favor de acoger a migrantes y a refugiados, así como en ofrecer todos los recursos de los que dispone en la provincia de Valencia y, cuya labor social se está llevando a cabo en dos centros de la Iglesia, desde el Grupo Popular del Ayuntamiento de Torrent, consideramos que no tienen ninguna razón de ser que el Arzobispo de Valencia siga estando reprobado por el Pleno de esta corporación municipal.
En el Pleno del 5 de noviembre de 2015, con los votos a favor del PSOE, Compromís y Guanyant, la abstención de Ciudadanos y el voto en contra del Partido Popular, se aprobó un acuerdo de disconformidad con el arzobispo de Valencia, por unas declaraciones realizadas en el Fòrum Europa sobre la llegada de migrantes y refugiados, por las cuales, ya pidió perdón antes de aprobarse en el consistorio de Torrent, esa reprobación.
Tras la llegada del Aquarius a la ciudad de Valencia, las nuevas declaraciones del arzobispo Antonio Cañizares y la labor social y humanitaria realizada por la diócesis de Valencia, desde el Grupo Popular proponemos a la corporación municipal, la adopción de los siguientes:
ACUERDOS
PRIMERO.- Dejar sin efecto la reprobación al arzobispo de Valencia, aprobada por el Pleno ordinario del Ayuntamiento de Torrent, el pasado 5 de noviembre de 2015.
SEGUNDO.- Mostrar el reconocimiento del Ayuntamiento de Torrent, a todas las ONG y entidades que trabajan por la dignidad y el bienestar de las personas que huyen del hambre y el terror. Como son Cruz Roja Española, la Diócesis de Valencia a través de Cáritas Diocesana, Accem, Cepaim, Cear, ACNUR, Amnistía Internacional, UNICEF y muchas otras.
TERCERO.- Trasladar este acuerdo a las siguientes entidades: Forum Europa. Tribuna Mediterrània, Archidiócesis de Valencia, Conferencia Episcopal Española y a las Cortes Valencianas.
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Torrent, en nombre y representación del mismo, mediante el presente escrito, y en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), eleva al Pleno de la Corporación para su debate, la siguiente:
MOCIÓN
La Constitución Española reserva al estado la competencia exclusiva en materia de seguridad pública, pero atribuye a las comunidades autónomas la coordinación y otras numerosas funciones en relación con las policías locales.
Así lo recoge nuestro Estatut d’Autonomia en su artículo 55.3, precepto que atribuye a La Generalitat Valenciana la competencia para regular los principios básicos de actuación, organización y funciones de las policías locales en nuestro territorio.
Ese es el soporte legal de la primera ley de policías locales promulgada en nuestra Comunitat, la 2/1990, y la 6/1999, predecesoras de la nueva Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana.
Son indiscutibles los logros que ambos textos legales han aportado en aspectos tan destacados como la profesionalización de los agentes locales o la estabilidad de sus funciones, pero, diecisiete años después, la sociedad valenciana ha experimentado profundas transformaciones económicas, políticas y sociales, y que por tanto han requerido un nuevo marco legal.
Hoy, nuestra policía local se ha de configurar como un instrumento de cohesión e integración social, de carácter preventivo, con el foco puesto en la resolución de conflictos sociales y actuando siempre desde la proximidad al ciudadano. En esa misma línea trabajan ya los policías de países de nuestro entorno europeo.
Poco más de 4 meses después de la aprobación de este proyecto de Ley, se ha constatado que dicha Ley no ha dado los resultados esperados, ni solución al más que alarmante y grave problema del déficit de plantilla y de cobertura de efectivos policiales con que se encuentran los Ayuntamientos de la Comunidad Valenciana.
En este sentido, ante la necesidad puntual de responder en materia de seguridad de demandas concretas, que no se han podido prever e incluso en aquellos casos más significativos de incremento de población en determinados periodos como estival, fiestas populares, o acontecimientos devenidos que por su naturaleza, requieran un mayor refuerzo de seguridad, sólo se contempla la posibilidad de acudir al acudir al artículo 36 de la citada ley, por la vía de convenio entre municipios.
Por lo tanto, se hace más que ineludible la necesidad de articular los correspondientes mecanismos legales que den respuesta ante problemas puntuales de necesidad de aumento de plantilla, compartiendo la voluntad del legislador, de velar por la estabilidad en el empleo.
Por todo ello, el grupo municipal popular, y en su nombre la concejala portavoz que suscribe la presente moción, propone al Pleno del Ayuntamiento de Torrent para su consideración la siguiente
PROPUESTAS DE ACUERDO:
PRIMERO.- El Ayuntamiento de Torrent insta al Consell de la Generalitat Valenciana a iniciar de forma inmediata las iniciativas legales necesarias que permitan a las entidades locales contar con los efectivos policiales suficientes, y a su vez articular todos los mecanismos de control para acabar con la inestabilidad laboral no justificada, con el objetivo de garantizar y velar por la seguridad ciudadana en los municipios de la Comunidad Valenciana.
SEGUNDO.- Dar traslado del presente acuerdo al Molt Honorable President de la Generalitat Valenciana, a la Honorable Consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, a los grupos Parlamentarios de Les Corts Valencianes, así como a la junta de portavoces de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.
MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENT, PARA LA EJECUCIÓN DE UN PLAN DE ASFALTADO EN CALICANTO
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent, en nombre y representación del mismo, mediante el presente escrito, y en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), eleva al Pleno del Ayuntamiento, para su debate y votación, la siguiente moción.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Boletín Oficial del Estado de 24 de marzo de 2018, publicó el Real Decreto-ley 1/2018 de 23 de marzo, por el que se prorroga para el año 2018 el destino del superávit de las corporaciones locales para inversiones financieramente sostenibles.
En el Artículo 1 sobre el destino del superávit de las entidades locales correspondientes a 2017, se señala que en el supuesto de que un proyecto de inversión no pueda ejecutarse íntegramente en 2018, la parte restante del gasto autorizado en 2018 se podrá comprometer y reconocer en el ejercicio 2019, financiándose con cargo al remanente de tesorería de 2018 que quedará afectado a ese fin por ese importe restante y la Corporación no podrá incurrir en déficit al final del ejercicio 2019.
El Ayuntamiento de Torrent, que según el propio equipo de gobierno ha cerrado el presupuesto en el ejercicio 2017 con un superávit de 4.648.291,83 euros, puede acogerse a este Real Decreto-ley para reinvertir su superávit.
Es por ello y tras reunirse este grupo municipal del Partido Popular con los vecinos de la urbanización de Calicanto, nos han transmitido y así lo hemos podido comprobar in situ, la necesidad de acometer obras de mejora en toda la urbanización, principalmente en el asfaltado de calles.
El Servicio de Obras Públicas del Área de Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Torrent, tiene un listado de peticiones vecinales con respecto al asfaltado de calles. Las propias Asociaciones de vecinos de Calicanto así lo han solicitado en diversas ocasiones al consistorio.
En una visita reciente del Grupo Popular con vecinos de Cumbres de Calicanto, hemos podido constatar la situación en la que se encuentran gran parte de sus calles. Desde las que ya no queda asfalto y el firme es de grava, a calles con socavones y en las que la vegetación invade parte de la calzada, sobre todo cañizos. Además, los vecinos nos solicitaron mejoras en el alumbrado y la creación de zonas de esparcimiento y descanso.
Es por ello que que desde el Ayuntamiento de Torrent y aprovechando el Real Decreto-ley que permite disponer del superávit para realizar inversiones, consideramos que se debe de realizar y ejecutar un Plan de Asfaltado para Calicanto.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Torrent presenta los siguientes
ACUERDOS:
PRIMERO.- Desde los servicios técnicos municipales se elabore un Plan de actuación y mejora en Calicanto, actuando principalmente en el asfaltado, la iluminación y creación de zonas de esparcimiento.
SEGUNDO.- Que las actuaciones propuestas en dicho plan se realicen con cargo al superávit del año 2017, tal y como permite el Real Decreto-ley 1/2018 de 23 de marzo.
MOCIÓN PARA LA INSTAURACIÓN DE UNA CALLE O PLAZA DE TORRENT EN MEMORIA DEL SUBINSPECTOR DE POLICÍA BLAS GÁMEZ
Amparo Folgado Tonda, en calidad de Portavoz del Grupo Municipal Popular, por medio del presente escrito, y haciendo uso de la legalidad vigente y de las atribuciones que de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y el real Decreto 2568/1986, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (Artículo 97.3), eleva al Pleno de la Corporación para su debate y votación la siguiente moción:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El subinspector Blas Gámez tenía 51 años, era vecino de Torrent, estaba casado y era padre de dos hijos. Dedicó los últimos 28 años de su vida servir y proteger, a ser policía. Un policía de raza, vocacional, un autentico Ángel Custodio cuyo trabajo era cuidarnos todos los días, y así lo hizo hasta el final.
Miembro del Cuerpo Nacional de Policía desde 1989, prestó servicio en la lucha contra el terrorismo de ETA en el País Vasco, más tarde ingresó en el Grupo Especial de Operaciones (GEO), años después solicitó voluntariamente su ingreso en el grupo de homicidios de Valencia, donde permaneció hasta que cayó en acto de servicio, cumpliendo con su deber hasta el final.
Fue condecorado en 2002 con la Cruz al Merito Policial con distintivo blanco y tenía en su haber 83 felicitaciones por sus actuaciones dentro del grupo de homicidios de la Policía Nacional en Valencia. Le han sido otorgadas también la Medalla al Merito Policial a titulo póstumo por parte del Ministerio del Interior y de la Generalitat Valenciana, además de la primera Medalla al Sacrificio en el Cumplimiento del Deber en categoría de Oro de la historia de la Policía Local de Valencia.
Calificado por todos como una persona ejemplar, tanto a nivel profesional como personal, amante de su familia, del deporte y la vida sana, afición y valores heredados por sus hijos.
Una gran persona que recordar, un referente para la ciudadanía y un valor para Torrent. Por todo ello solicitamos al pleno la adopción de los siguientes acuerdos.
ACUERDOS
PRIMERO. Instamos a la Junta de Gobierno a que conceda a la memoria del Subinspector Blas Gámez una calle o plaza de Torrent.
SEGUNDO. Seria deseable que la calle o plaza a la que se le otorgue tenga un lugar privilegiado en nuestro municipio, a ser posible el parque existente junto a la comisaría de la Policía Nacional, quedando este término a criterio del gobierno municipal
TERCERO. Que en el momento que este acuerdo plenario se ponga en práctica se lleve a cabo un homenaje público en recuerdo del Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía Blas Gámez.
MOCIÓN DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER TRABAJADORA FVMP
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent, en nombre y representación del mismo, mediante el presente escrito, y en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), eleva al Pleno del Ayuntamiento, para su debate y votación, la siguiente moción.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 8 de marzo de 1857 un grupo de obreras textiles tomó la decisión de salir en las calles de Nueva York a protestar por las míseras condiciones en que trabajaban. A partir de esta fecha se sucedieron diferentes movimientos, entre ellos una huelga. En una fábrica de SirtwootCotton, las trabajadoras reclamaban igualdad salarial, disminución de la jornada laboral a 10 horas y un tiempo para dar de mamar a sus hijos e hijas. Durante esta huelga un centenar de mujeres fueron quemadas dentro de la fábrica, cuyo incendio se culpó al propietario de la fábrica como medida represora hacia las trabajadoras.
Después de la Segunda Conferencia Internacional de Mujeres Trabajadoras en Copenhague en 1910, se estableció el 8 de marzo como el Día Internacional de la Mujer Trabajadora. Día de reivindicación de los derechos laborales y sociales de las mujeres reconocido internacionalmente como reivindicación de la igualdad y de la equidad entre mujeres y hombres.
En los últimos tiempos, la crisis económica nos ha llevado hacia una situación de mayor desigualdad. Asimismo, la situación económica ha supuesto un ataque directo contra el proceso de igualdad entre mujeres y hombres, en aspectos tan importantes como la precariedad laboral.
El Estado Español, la situación dista mucho de la de otros países de nuestro entorno, como Alemania, Francia, Noruega, Dinamarca o Islandia, que se ha convertido en el primer país al aprobar por ley que exige en las empresas (con 25 trabajadores o más) y organismos públicos, que demuestren que sus trabajadoras y trabajadores ganan el mismo jornal por el mismo trabajo realizado. Aquellas entidades que no lo puedan demostrar se enfrentarán a sanciones económicas.
La diferencia salarial del Estado Español se sitúa en un 23,25%, es decir, una media de unos 6000 € anuales menos por una trabajadora que desarrolla un trabajo de igual valor que un hombre, según datos del último informe realizado por las organizaciones sindicales.
Aunque nuestra legislación en materia de igualdad efectiva entre mujeres y hombres es un avance, se siguen produciendo flagrantes casos de violencia de género, discriminación salarial, mayor índice de desocupación femenina, escasa presencia de mujeres en lugares de responsabilidad política, social, cultural y económica y continúan habiendo muchos problemas para conciliar la vida personal, laboral y familiar.
También las Administraciones Locales, tienen la responsabilidad, como administraciones próximas, de elaborar políticas de concienciación y sensibilización mediante el diagnóstico de problemas y aplicación de soluciones mediante acciones concretas dirigidas a la promoción de conductas discriminatorias, mediante planes de igualdad tanto para sus ámbitos territoriales como sus mismas plantillas municipales.
A pesar de los esfuerzos que las Administraciones Publicas están haciendo por hacer frente a la diferencia laboral y a la desigualdad entre hombres y mujeres, hay que recordar que las competencias en materia laboral por ahora son estatales, por eso desde la FVMP, consideramos más que necesario una ley para paliar esta injusticia social y económica que afecta a todas las mujeres trabajadoras, así como la implementación de las medidas que las Cortes Valencianas, en resolución de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género y del Colectivo LGTBI, del 5 de diciembre de 2017, instaron al gobierno estatal.
Así, trasladamos al gobierno español nuestra preocupación por la situación de discriminación que sufren las mujeres y pedimos que se contemplen los recursos suficientes para que la aplicación de la ley 3/2007 del 22 de marzo por la igualdad efectiva de mujeres y hombres sea eficaz.
Es por eso por lo que proponemos los siguientes
ACUERDOS
PRIMERO: Conmemorar el 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer y promover acontecimientos dirigidos a reforzar el principio de igualdad entre hombres y mujeres.
SEGUNDO: Comprometerse a evaluar y hacer el seguimiento de los acuerdos tomados otros años en materia de igualdad.
TERCERO: Pedir al gobierno español que inicie los trámites por aprobar una ley de equiparación efectiva salarial entre hombres y mujeres.
CUARTO: Instar a los partidos políticos con representación al Congreso de los Diputados a presentar propuestas y que agilicen los procesos para aprobar la ley.
QUINTO: Instar al gobierno estatal a destinar recursos en inspección del trabajo y seguridad social para detectar y sancionar discriminaciones directos e indirectos salariales por razón de sexo.
SEXTO: Instar a las Administraciones Públicas competentes a equiparar los permisos de paternidad y maternidad y, además, hacer a que sean intransferibles y cien por ciento remunerados, con el calendario de implementación respectivo.
SEPTIMO. En la medida de las respectivas competencias locales, integrar de forma activa y transversal el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, el desarrollo de todas sus acciones y decisiones, especialmente los siguientes ámbitos: Acceso y promoción en el empleo; erradicación de la violencia de género; educación; pensiones; salud; deporte, representación política y social; investigación; desarrollo e innovación; sociedad de la información, cultura, política exterior, cooperación al desarrollo y en el medio rural.
OCTAVO. Dar traslado del presente acuerdo al Gobierno de España, al Gobierno de la Generalitat Valenciana y a la FVMP
MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENT, PARA APOYAR Y DEFENDER LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent, en nombre y representación del mismo, mediante el presente escrito, y en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), eleva al Pleno del Ayuntamiento, para su debate y votación, la siguiente moción.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, introdujo en nuestra legislación la prisión permanente revisable.
Se trata de un instrumento que existe en muchos países de nuestro entorno, en gobiernos de todo tipo de corte político; es una institución coherente, que se incorpora bien a nuestro modelo de garantías y tiene perfecto encaje penal.
La prisión permanente revisable, lo señala claramente la Exposición de Motivos de esta Ley, no renuncia a la reinserción del penado, pues una vez cumplida una parte mínima de la condena, “un Tribunal deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal”.
La previsión de esta revisión judicial periódica de la situación personal del penado, idónea para poder verificar en cada caso el necesario pronóstico favorable de reinserción social, dice la Exposición de Motivos, “aleja toda duda de inhumanidad de esta pena, al garantizar un horizonte de libertad para el condenado”. Una vez cumplido el tiempo mínimo de la pena, “si el Tribunal considera que no concurren los requisitos necesarios para que el penado pueda recuperar la libertad, se fijará un plazo para llevar a cabo una nueva revisión de su situación; y si, por el contrario, el Tribunal valora que cumple los requisitos necesarios para quedar en libertad, se establecerá un plazo de libertad condicional en el que se impondrán condiciones y medidas de control orientadas tanto a garantizar la seguridad de la sociedad, como a asistir al penado en esta fase final de su reinserción social”.
Añade la Exposición de Motivos que “la pena de prisión permanente revisable no constituye, por ello, una suerte de «pena definitiva» en la que el Estado se desentiende del penado. Al contrario, se trata de una institución que compatibiliza la existencia de una respuesta penal ajustada a la gravedad de la culpabilidad, con la finalidad de reeducación a la que debe ser orientada la ejecución de las penas de prisión”.
Igualmente señala que “se trata, en realidad, de un modelo extendido en el Derecho comparado europeo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado ajustado a la Convención Europea de Derechos Humanos, pues ha declarado que cuando la ley nacional ofrece la posibilidad de revisión de la condena de duración indeterminada con vistas a su conmutación, remisión, terminación o libertad condicional del penado, esto es suficiente para dar satisfacción al artículo 3 del Convenio (cfr. SSTEDH 12-2-2008, caso Kafkaris vs. Chipre; 3-11-2009, caso Meixner vs. Alemania; 13-11-2014, caso Affaire Bodein vs. Francia; 3-2-2015, caso Hutchinson vs. Reino Unido)”.
Pese a todo ello, varios grupos parlamentarios presentaron recurso de inconstitucionalidad, recurso que el Tribunal Constitucional admitió a trámite en julio de 2015. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, si bien algunos pretenden la derogación de esta medida sin esperar el pronunciamiento del Tribunal Constitucional.
Así, el 4 de octubre de 2016 el Pleno del Congreso de los Diputados debatió y aprobó por mayoría de los Grupos Parlamentarios Vasco (EAJ-PNV), Socialista, Esquerra Republicana, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Mixto y la abstención de Ciudadanos, y solo con el voto en contra del Grupo Parlamentario Popular, la Proposición no de Ley para la Derogación de la Pena de Prisión Permanente Revisable.
Y más recientemente, el pasado 10 de noviembre, ha sido admitida a trámite una Proposición de Ley de Modificación de la L.O. 10/1995 del Código Penal (Orgánica), que pretende derogar la prisión permanente revisable y que contó con el único voto en contra del Grupo Popular.
Tras estos hechos y actuaciones, son multitud los ciudadanos que han manifestado su apoyo a la pena de prisión permanente revisable como medio para garantizar la seguridad, los derechos y libertades de todos los españoles. Más de 2,1 millones de españoles han firmado a través de una plataforma de Internet, a propuesta de Juan Carlos Quer, que no sea derogada esta Ley
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Torrent presenta los siguientes
ACUERDOS:
El Ayuntamiento de Torrent manifiesta.
PRIMERO.- Su apoyo a la figura de la prisión permanente revisable incorporada al ordenamiento jurídico español por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
SEGUNDO.- Instar a los diferentes Grupos Parlamentarios con representación en el Congreso de los Diputados a que reconsideren su postura sobre la derogación de la prisión permanente revisable.
TERCERO.- Dar traslado de estos acuerdos al Ministro de Justicia, a los Grupos Políticos del Congreso de los Diputados, Senado y de les Corts Valencianes, así como también a la Junta de Gobierno de la FEMP.
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