por pptorrent | 30 Jun, 2021 | Mociones y Preguntas
A la atención del Sr. Alcalde de Torrent:
Amparo Folgado Tonda, como Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
SOLICITA
PRIMERO. Conocer la fecha prevista para el inicio de las obras de renovación de la pasarela de Parc Central, tras haber firmado el contrato por 197.359,15€ y publicado en la Plataforma de contratación el pasado 4 de noviembre de 2020.
Torrent, 30 de junio de 2021
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Torrent
por pptorrent | 30 Jun, 2021 | Mociones y Preguntas
A la atención del Sr. Alcalde de Torrent:
Amparo Folgado Tonda, como Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
SOLICITA
PRIMERO. Conocer el coste total del nuevo pabellón ubicado en el Toll l’Alberca, conocer las medidas de la cancha y el número de espectadores permitidos.
Torrent, 30 de junio de 2021
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Torrent
por pptorrent | 30 Jun, 2021 | Mociones y Preguntas
A la atención del Sr. Alcalde de Torrent:
Amparo Folgado Tonda, como Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
SOLICITA
PRIMERO. Conocer el coste previsto para la celebración de las Fiestas de Torrent, tras haber anunciado ya el programa oficial en una rueda de prensa en l’Antic Mercat.
Torrent, 30 de junio de 2021
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Torrent
por pptorrent | 30 Jun, 2021 | Mociones y Preguntas
A la atención del Sr. Alcalde de Torrent:
Amparo Folgado Tonda, como Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
SOLICITA
PRIMERO. Copia del Acta de las reuniones del Consell de Participació del Paratge Natural de la Serra Perenxisa, celebrados entre junio de 2015 y junio de 2021.
Torrent, 30 de junio de 2021
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Torrent
por pptorrent | 8 Jun, 2021 | Mociones y Preguntas
Amparo Folgado Tonda, en calidad de portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular.
EXPONE
Tras recibir las quejas de los vecinos de la Pl. Obispo Benlloch y Gómez Ferrer, debido a la intensidad de la luz en la pantalla ubicada en la fachada del Ayuntamiento, que les causa molestias e incluso insomnio.
SOLICITA
Que pueda ser desconectada a partir de las 24h. de la noche o que se reduzca la intensidad de la luz en las horas de descanso nocturno.
Torrent, 8 de junio de 2021
Amparo Folgado, portavoz
por pptorrent | 31 May, 2021 | Mociones y Preguntas
Amparo Folgado Tonda, Portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent, en nombre y representación del mismo, mediante el presente escrito, y en uso de las atribuciones que le confiere el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre), eleva al Pleno del Ayuntamiento, para su debate y votación, la siguiente moción:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En octubre de 2017, diversos partidos y miembros del Gobierno de Cataluña organizaron un referéndum ilegal con el objetivo de separar esta comunidad autónoma del resto de España y quebrar la indisoluble unidad de nuestro país que reconoce nuestra Carta Magna.
Además, proclamaron de forma ilegal la independencia y la constitución de una ilegal república catalana.
Por ello, dos años después los impulsores de estos actos (Oriol Junqueras, Carme Forcadell, etc.) fueron condenados por el Tribunal Supremo a penas que oscilaban entre los 9 y los 13 años de prisión, así como a penas de inhabilitación.
El alto tribunal consideró probado que dichos condenados habían cometido delitos de sedición y/o malversación.
En el momento de conocerse la sentencia, el Presidente Sánchez “garantizaba tanto a la ciudadanía catalana como al conjunto de la ciudadanía española que esa sentencia se iba a cumplir en su totalidad” puesto que “nadie está por encima de la ley” mientras que otros miembros de su gobierno defendían que las penas impuestas debían cumplirse íntegramente.
Pero tanto Sánchez como su gobierno seguían necesitando los votos de los partidos independentistas catalanes para mantenerse en el poder; una necesidad que se hizo más acuciante tras las elecciones generales celebradas en noviembre de 2019 en las que el PSOE perdió casi 800.000 votos y 3 escaños respecto a las celebras en el mes de abril del mismo año.
Esa necesidad fue el detonante de que el gobierno propusiese realizar una modificación del delito de sedición, incluida dentro una reforma más amplía del Código Penal, que supondría una rebaja de las penas a los condenados por el 1-O.
Una reforma que cómo explicó en septiembre de 2020 el actual Ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, era necesario abordar porque “es importante que el Gobierno demuestre que quiere ir resolviendo temas concretos” (dicho en referencia a la situación de los presos por el 1-O).
Y ahora, en 2021, el Presidente Sánchez y su gobierno no esconden su voluntad de indultar a unos condenados que no sólo no han mostrado ni un ápice de arrepentimiento, sino que han dejado claro (tanto en el juicio, al ejercer su derecho a la última palabra, como en declaraciones posteriores) que tienen intención de reincidir en los delitos cometidos.
Además, tanto la Fiscalía como el Tribunal Supremo se oponen al indulto.
El alto tribunal, en un demoledor y clarísimo informe aprobado por unanimidad de sus miembros, explica que lo que pretenden el Presidente Sánchez y su gobierno es retorcer la naturaleza del indulto y cuestionar “los presupuestos que hacen legítimo el ejercicio de la función jurisdiccional”.
Es decir, el gobierno está poniendo en duda, al igual que los hacen los líderes independentistas, el funcionamiento de la justicia española, con lo que ello significa de ataque a una institución que constituye el pilar fundamental de nuestra democracia.
Por último, destacar que el Tribunal Supremo deja en evidencia la verdadera intención del Gobierno al defender el indulto, que nos es otra que su mera supervivencia política, al recordar que “algunos de los que aspiran al beneficio del derecho de gracia son precisamente líderes políticos de los partidos que, hoy por hoy, garantizan la estabilidad del Gobierno llamado al ejercicio del derecho de gracia”.
Por todo lo expuesto y ante la fundada sospecha de que no nos encontramos ante un indulto sino ante un pago político, el Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Torrent, presenta la siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
El pleno del Ayuntamiento Ayuntamiento de Torrent:
PRIMERO-. Expresa su respaldo incondicional y absoluto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico español como garantes de la integridad y unidad de la nación y del estado de derecho y la democracia en nuestro país.
SEGUNDO-. Manifiesta su apoyo sin fisuras a la labor que realizan todos los días los diferentes tribunales de justicia españoles, con especial mención al Tribunal Supremo,de manera independiente, responsable y sometidos únicamente al imperio de la ley como establece el artículo 117 de la Constitución Española.
TERCERO-. Insta al Gobierno de España a respetar la independencia de las diferentes instituciones del Estado y las decisiones judiciales y a no conceder el indulto a aquellos que han vulnerado- como ha declarado probado el Tribunal Supremo- no sólo nuestra Carta Magna sino también otras leyes españolas y que, como han repetido en numerosas ocasiones, pretenden reincidir en el delito de sedición cometido.
CUARTO-. Insta al Presidente del Gobierno de España a comparecer en el Congreso de los Diputados en un pleno monográfico para explicar su intención de conceder el indulto a los condenados por la sentencia 459/2019, de 14 de octubre, por la convocatoria de un referéndum ilegal y la proclamación ilegal de una república catalana independiente.
QUINTO-. Dar traslado de este acuerdo al Presidente del Gobierno, al Ministro de Justicia y a los Portavoces de los Grupos Políticos del Congreso y del Senado.
En TORRENT, a 31 de mayo de 2021.
AMPARO FOLGADO TONDA
LA PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL