MOCIÓN: INSTAR A LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EDUCATIVA DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE PARA QUE RECONSIDERE LA PETICIÓN DEL CEIP SAN JUAN BAUTISTA DE TORRENT DE REALIZAR EL PROCESO DE VOTACIÓN Y POSTERIOR IMPLANTACIÓN DE LA JORNADA CONTINUA.
Que presenta Amparo Folgado Tonda, portavoz del Grupo Municipal Popular, en su nombre y representación, por medio del presente escrito, y haciendo uso de las atribuciones que le confiere y al amparo de lo establecido por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, artículo 97.3, eleva al Pleno de la Corporación para su debate y votación
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 26 de enero de 2016 el CEIP San Juan Bautista presenta escrito al Ayuntamiento de Torrent y a la Dirección Territorial de Educación cuyo asunto es: Incorporación de un aula de 2 años para el curso 2016-2017, en el que solicitan la apertura de un aula para niños y niñas de 2 años.
El 1 de julio de 2016 el CEIP San Juan Bautista presenta escrito a la Dirección Territorial de Educación, Investigación, Cultura y Deporte cuyo asunto es: Solicitud de Modificación de la Jornada Escolar.
El 25 de julio de 2016 el director del centro recibe un correo electrónico de Dirección General de Política Educativa convocándole a una reunión para el 27 de julio cuyo único tema (como el mismo correo explicita) es: “Solicitud del Plan Específico de Organización de la Jornada Escolar”.
En la reunión del 27 de julio el director del centro recibe un Informe de Evaluación sobre el proyecto presentado por el CEIP referente al Plan Específico de Organización de la Jornada Escolar en el cual, de entre las siguientes 4 propuestas: 01. Autorización / 02. Autorización con modificaciones / 03. Revisión / 04. Denegación, la Propuesta de Conselleria es: Revisar, literalmente, “En la página 16 del proyecto y en el anexo 2 dice que las actividades complementarias y extracurriculares serán de 15:30 a 16:30, y la Orden establece en el artículo 2 que las actividades no lectivas, voluntarias y gratuitas, serán de 15:00 a 17:00. Debe modificarlo”
“El aula de 2-3 años no podrá tener horario de Jornada continua según la normativa Orden 25/2016. En la página 9 se menciona alumnado de 3 a 9 años”.
En esta reunión el director informa a los técnicos que la llevan a cabo de que a su centro le acaban de conceder un aula de 2 años, por lo que, atendiendo a algún comentario de los funcionarios de la administración respecto a la incompatibilidad de 1º año de aula de 2 años y concesión de Jornada continua (no reflejado en la normativa, Orden 25/2016 de 13 de junio), entiende que no les corresponde la concesión de la modificación de la Jornada, a lo que le contestan, de palabra, que no lo tienen claro y que le comunicarán la decisión de la administración, pidiéndole que asista al resto de la reunión informativa.
El 28 de julio de 2016 el director del centro recibe un correo electrónico de la técnica del Área de convivencia, Servicio de Innovación y Calidad, Dirección General de Política Educativa, informándole de que deben enviar en septiembre los anexos del procedimiento de la Jornada continua tanto a su correo electrónico como al de Jornada continua.
El 2 de septiembre de 2016 el centro presenta a la Conselleria, Departamento de Política Educativa, las modificaciones solicitadas en el Informe de Evaluación recibido el 27 de julio (citadas textualmente con anterioridad).
El 8 de septiembre, primer día de clase para los estudiantes valencianos, recibe una llamada telefónica de la técnica de Conselleria, quien le informa de que “se acaban de dar cuenta que era el primer año de implantación del proyecto experimental de aula de 2-3 años en el colegio y no podían concederles la jornada continua propuesta”, dato esencial que el director especificó y avisó el 27 de julio.
El 9 de septiembre el centro presenta a la Dirección General de Política Educativa un escrito cuyo asunto es: Reclamación a la negativa de implantar la Jornada continua, en el que se expone minuciosamente todo el proceso llevado a cabo, se recalca el error burocrático de la Conselleria e informan de que NO EXISTE LEGISLACIÓN QUE IMPIDA APLICAR LA JORNADA CONTINUA EL 1º AÑO DE CONCESIÓN DEL AULA EXPERIMENTAL 2-3 AÑOS.
El 13 de septiembre, el centro recibe una llamada de Conselleria en la que se le comunica que el centro ha actuado mal y que desconoce la legislación porque la Orden 25/2016, según dicen, contempla la incompatibilidad.
El CEIP San Juan Bautista ha sufrido un error de la Administración Pública autonómica, en concreto de la Dirección General de Política Educativa de la CEICD, que deja al centro inmerso en un caos organizativo y una mala imagen hacia las asociaciones sin ánimo de lucro e instituciones educativas con las que había acordado actividades gratuitas, que son: Solidaritat Torrent, Escola Coral, Cucurucu Teatre, Fundación Secretariado Gitano, Fundación Deportiva Municipal y UCV. Es importante recalcar que la UCV había incluido en el Plan de Estudios de la asignatura de Psicomotricidad estas actividades como créditos por prácticas y los alumnos se han matriculado con esas condiciones.
El centro nunca hasta ahora ha recibido comunicación por escrito de Conselleria denegando el proceso de implantación de la Jornada continua, mientras que los centros a los que se les ha denegado SÍ la han recibido.
El centro recalca que no existe ninguna legislación que impida aplicar la Jornada continua el primer año experimental del aula de 2 años en la Orden 25/2016, de 13 de junio. No hay incompatibilidad alguna, pues, como argumenta la administración siempre de palabra.
Por todo lo anteriormente expuesto, considerando que toda la comunidad educativa del CEIP San Juan Bautista, el Consell Escolar Municipal y el Ayuntamiento de Torrent han apoyado la decisión del centro de modificar su horario general en los términos aprobados por su Consejo Escolar, que ha sido un error de la administración pública autonómica, que la implantación de la Jornada continua en el centro no le va a producir ningún quebranto económico ni organizativo ni de ningún tipo a la administración y que el centro, con su implantación, va a eliminar el absentismo escolar que tiene en horario de tardes, propongo los siguientes
ACUERDOS
Primero.- Instar a la Dirección General de Política Educativa de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte a reconsiderar su decisión y CONCEDER al CEIP San Juan Bautista de Torrent la autorización para llevar a cabo el proceso de implantación de la Jornada continua.
Segundo.- Comunicar al Director General de Política Lingüística el apoyo de la Corporación Municipal a la implantación en dicho centro de la Jornada continua, como ya hizo el Ayuntamiento de Torrent por medio de certificado del Secretario General del Pleno expedido el 24 de junio del 2016
Tercero.- Dar traslado del resultado de la votación de los acuerdos anteriores a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por Registro de Entrada, al CEIP San Juan Bautista y a las asociaciones e instituciones educativas involucradas en el Proyecto de Jornada continua presentado por el centro: Solidaritat Torrent, Escola Coral, Cucurucu Teatre, Fundación Secretariado Gitano, Fundación Deportiva Municipal y UCV.
Torrent, a 22 de septiembre de 2016
Amparo Folgado Tonda, portavoz Grupo Popular