A la atención del Sr. alcalde de Torrent
Amparo Folgado Tonda, como portavoz del Grup Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en la plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo 14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de Noviembre por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
CUARTO. Visto el Decreto número 54/2016 de 12 de enero de 2016 por el cual se declaran prescritas facturas de fecha 5 de junio de 2015 por Editorial Prensa Valenciana S.A. por un importe total de 8.816€ y correspondientes a los años 2002, 2006 y 2007.
SOLICITA
PRIMERO. Saber el concepto de cada una de las facturas y a qué trabajos o servicios prestados al Ayuntamiento de Torrent, durante los años 2002, 2006 y 2007 se refieren.
Torrent, Miércoles 13 de Enero de 2016
Amparo Folgado Tonda, portaveu Grup Popular