por pptorrent | 21 Abr, 2020 | Mociones y Preguntas
A la atención del:
SECRETARIO
GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN
Amparo
Folgado Tonda, como portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley
7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la
obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la
Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo
de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo
14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el
reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades
locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el
Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la
documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el
plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado
se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación
con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la
Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
CUARTO. Visto el Reglamento Orgánico de
Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Torrent, en los artículos que
paso a transcribir:
Artículo
42. Convocatoria. Punto 3: Las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Junta de Gobierno Local se han de anunciar, inmediatamente después de la
convocatoria, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Torrent, donde se ha
de dar información suficiente del orden del día y de los asuntos que se
tratarán.
Artículo
44. Deliberaciones. Punto 2: Las sesiones de la Junta de Gobierno Local no son
públicas. No obstante, las actas de la Junta de Gobierno Local se han de
remitir a todos los miembros, a los portavoces de los Grupos Políticos
Municipales y al Interventor General.
Artículo 45
Acuerdos. Punto 1: Las decisiones que adopte la Junta de Gobierno Local en el
ejercicio de sus competencias toman la forma de acuerdos y han de tener la
publicidad exigida por la legislación de régimen local y también se han de
publicar en el espacio web oficial del Ayuntamiento de Torrent.
Artículo 47
Publicidad y comunicación de los acuerdos. Punto 1: Los acuerdos de la Junta de
Gobierno Local se han de publicar en la forma prevista en la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el espacio web
oficial del Ayuntamiento de Torrent.
QUINTO. Visto el
Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Torrent, en el artículo que
paso a transcribir:
Artículo
16. Información Periódica. A fin de facilitar a los concejales la información
necesaria para el desarrollo de su función y sin perjuicio del derecho a
formular peticiones de información en los términos que prevé la presente sección,
se les han de remitir las relaciones de decretos y resoluciones adoptadas por
el alcalde y por los concejales y acuerdos de la Junta de Gobierno Local.
SEXTO. Dado que la
última Junta de Gobierno Local de la que he sido informada de su Orden del día
y de su acta, fue la celebrada el pasado 16 de marzo de 2020, y dado que en el
Portalet he podido comprobar que se han celebrado Juntas de Gobierno Local el
23 de marzo y el 27 de marzo. Pero ninguna de las celebradas posteriormente.
SÉPTIMO. Dado que fui
avisada por un asesor del Grupo municipal del Partido Popular, que recibió la
última convocatoria de Junta de Gobierno Local del 1 de abril, sin acta. Y no
ha vuelto a recibir ninguna más.
SOLICITA
PRIMERO.
Que el Secretario
General de la Administraciónhaga
cumplir los puntos mencionados en el punto Cuarto de esta solicitud, relativos
a la Convocatoria, Deliberaciones, Acuerdos y Publicidad y comunicación del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Torrent.
Torrent,
17 de abril de 2020
Amparo Folgado Tonda,
Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de
Torrent
por pptorrent | 21 Abr, 2020 | Mociones y Preguntas
A la atención de:
JESÚS
ROS PILES
ALCALDE-PRESIDENTE
DEL AYUNTAMIENTO DE TORRENT
Amparo
Folgado Tonda, como portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Torrent.
EXPONE
PRIMERO. Que en virtud del artículo 77 de la Ley
7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local reconoce la
obligación del Alcalde y su equipo de facilitar a los miembros de la
Corporación Local datos e informaciones que resulten precisos para el desarrollo
de su función. Y que esta habrá de ser resuelta en el plazo de cinco días.
SEGUNDO. Que el artículo
14 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre por el que se aprueba el
reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades
locales reconoce el mismo derecho a la información de los concejales que el
Artículo 77 de la LBRL y añade que en caso de denegar el acceso a la
documentación deberá hacerse a través de resolución o acuerdo motivado en el
plazo de cinco días naturales desde la fecha de la solicitud.
TERCERO. Por descontado
se tendrá en cuenta el artículo 16.3 del ROF de guardar la reserva en relación
con las informaciones que se faciliten por parte del gobierno al resto de la
Corporación para hacer posible el desarrollo de su función.
CUARTO. Visto el Reglamento Orgánico de
Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Torrent, en los artículos que
paso a transcribir:
Artículo
42. Convocatoria. Punto 3: Las sesiones ordinarias y extraordinarias de la
Junta de Gobierno Local se han de anunciar, inmediatamente después de la
convocatoria, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Torrent, donde se ha
de dar información suficiente del orden del día y de los asuntos que se
tratarán.
Artículo
44. Deliberaciones. Punto 2: Las sesiones de la Junta de Gobierno Local no son
públicas. No obstante, las actas de la Junta de Gobierno Local se han de
remitir a todos los miembros, a los portavoces de los Grupos Políticos
Municipales y al Interventor General.
Artículo 45
Acuerdos. Punto 1: Las decisiones que adopte la Junta de Gobierno Local en el
ejercicio de sus competencias toman la forma de acuerdos y han de tener la
publicidad exigida por la legislación de régimen local y también se han de
publicar en el espacio web oficial del Ayuntamiento de Torrent.
Artículo 47
Publicidad y comunicación de los acuerdos. Punto 1: Los acuerdos de la Junta de
Gobierno Local se han de publicar en la forma prevista en la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el espacio web
oficial del Ayuntamiento de Torrent.
QUINTO. Visto el
Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Torrent, en los artículos que
paso a transcribir:
Artículo
16. Información Periódica. A fin de facilitar a los concejales la información
necesaria para el desarrollo de su función y sin perjuicio del derecho a
formular peticiones de información en los términos que prevé la presente
sección, se les han de remitir las relaciones de decretos y resoluciones
adoptadas por el alcalde y por los concejales y acuerdos de la Junta de
Gobierno Local.
Artículo
19. Derecho de Amparo.
Punto 1: Los concejales del Ayuntamiento de Torrent podrán
solicitar del Alcalde ante cualquier situación de la cual se derive una
vulneración de los derechos reconocidos en este capítulo.
Punto 2: Las solicitudes de amparo se han de presentar por
escrito en el Registro General del Ayuntamiento, y han de especificar la
identidad del concejal solicitante y l caso concreto en que se ha producido la
lesión de derechos del concejal.
Punto 3: El Alcalde ha de resolver lo que proceda en el
término de 10 días naturales, y ha de adoptar las medidas oportunas para
devolver al concejal la plenitud de sus derechos.
SEXTO. Dado que la
última Junta de Gobierno Local de la que he sido informada de su Orden del día
y de su acta, fue la celebrada el pasado 16 de marzo de 2020, y dado que en el
Portalet he podido comprobar que se han celebrado Juntas de Gobierno Local el
23 de marzo y el 27 de marzo. Pero ninguna de las celebradas posteriormente.
SÉPTIMO. Dado que fui
avisada por un asesor del Grupo municipal del Partido Popular, que recibió la
última convocatoria de Junta de Gobierno Local del 1 de abril, sin acta. Y no
ha vuelto a recibir ninguna más.
SOLICITA
PRIMERO. Derecho de amparo al
alcalde de Torrent, al ver vulnerados mis derechos como portavoz del Grupo
Municipal del Partido Popular desde el pasado 15 de marzo de 2020, en que he
dejado de ser notificada de las convocatorias de Junta de Gobierno Local y se
ha dejado de notificarme los acuerdos alcanzados en cada una de las Juntas de
Gobierno realizadas.
SEGUNDO.
Que el
alcalde de Torrenthaga cumplir los
puntos mencionados en el punto Cuarto de esta solicitud, relativos a la
Convocatoria, Deliberaciones, Acuerdos y Publicidad y comunicación del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Torrent.
Torrent,
17 de abril de 2020
Amparo Folgado Tonda,
Portavoz del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de
Torrent
por pptorrent | 21 Abr, 2020 | Noticias
Folgado: “el gobierno del PSOE y Ciudadanos se estrena con total opacidad, ocultando a la oposición todo lo que aprueba la Junta de Gobierno Local, impidiendo que podamos ejercer nuestra labor de control y fiscalización. Negar a la oposición la información de todo lo que se aprueba en las Juntas de Gobierno Local, es propio de dictaduras en las que los gobiernos tienen mucho que ocultar al pueblo, algo que estamos viviendo con el gobierno de Sánchez y ahora con el de Ros”.
“la
falta de personal municipal no es ninguna excusa, pues de igual forma que se
convoca a los integrantes de la JGL y se les notifica a ellos los acuerdos, se
envía copia a los portavoces de los grupos municipales, como se ha hecho desde
siempre en este Ayuntamiento”.
La portavoz del PP, Amparo Folgado ha registrado en el Ayuntamiento de Torrent una petición de derecho de amparo al alcalde, tras la negativa a ser informada de las convocatorias de la Junta de Gobierno Local, de los asuntos que se tratan, de lo que se aprueba y de las actas de la JGL desde el pasado 16 de marzo de 2020. Hecho que Folgado advirtió en la Junta de Portavoces pero que siguen sin informarle.
Una vulneración de los derechos como
portavoz de un grupo municipal que viene recogido en cuatro puntos del Reglamento
Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Torrent y en dos
artículos del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Torrent. La
portavoz del PP, Amparo Folgado ha dado traslado también de esta situación al
Síndic de Greuges, para que haga cumplir al alcalde de Torrent, Jesús Ros,
todos los puntos relativos a la convocatoria, deliberaciones, acuerdos y publicidad
y comunicación del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del
Ayuntamiento de Torrent y de la información a los grupos de la oposición.
La portavoz del PP, Amparo Folgado ha
afirmado que “el gobierno del PSOE y Ciudadanos se estrena con total opacidad,
ocultando a la oposición todo lo que aprueba la Junta de Gobierno Local,
impidiendo que podamos ejercer nuestra labor de control y fiscalización”,
además subraya que “negar a la oposición la información de todo lo que se
aprueba en las Juntas de Gobierno Local, es propio de dictaduras en las que los
gobiernos tienen mucho que ocultar al pueblo,algo que estamos viviendo con el gobierno de Sánchez y ahora con
el de Ros”.
Folgado también señala que “sabemos que
al gobierno socialista le dolió que hiciéramos público que pretendían aprobar
la creación de una escultura en mitad de una pandemia, algo que tuvieron que
paralizar ante el escándalo que suponía y ahora, pretenden que ni la oposición
ni el pueblo de Torrent sepan nada de lo que hacen”.
La portavoz de los populares afirma que “la
falta de personal municipal no es ninguna excusa, pues de igual forma que se
convoca a los integrantes de la JGL y se les notifica a ellos los acuerdos, se
envía copia a los portavoces de los grupos municipales, como se ha hecho desde
siempre en este Ayuntamiento”.
por pptorrent | 21 Abr, 2020 | Noticias
La portavoz del PP, Amparo Folgado tras
hacerse eco durante toda esta semana de la petición de auxilio de los
familiares con residentes en el Asilo Santa Elena de Torrent, ha presentado
esta misma mañana por registro de entrada del Ayuntamiento, una doble petición
al alcalde de Torrent.
Por un lado, Folgado ha pedido a Ros que
exija a sus colegas de partido, a la consellería de Sanidad y al presidente de
la Generalitat, test para aquellos residentes en residencias de Torrent,
contagiados por coronavirus desde hace más de un mes. Según están denunciando
sus familias públicamente, les niegan los test por parte de la Consellería.
Por otra parte, Folgado también ha
exigido al alcalde Jesús Ros que pida a la autoridad competente, el permiso
necesario para que el Ayuntamiento de Torrent pueda adquirir test rápidos para
toda la población. Ya que, según ha señalado Folgado en el escrito, los
expertos apuntan a que la realización de test masivos, son la mejor forma de
contener la propagación del virus.
por pptorrent | 15 Abr, 2020 | Noticias
La portavoz del PP en Torrent, Amparo Folgado, ha criticado esta mañana el decreto firmado por el alcalde Jesús Ros en el día de ayer, por el que los dos concejales de Ciudadanos Torrent entran a formar parte del gobierno municipal, junto al Partido Socialista.
Folgado ha afirmado que “creo que no es el momento de repartir sillones y sueldos cuando tenemos un foco importante de COVID-19 en Torrent”. Además, ha señalado cuáles deberían de ser las prioridades para el Ayuntamiento de Torrent “Lo prioritario hoy es que haya test rápidos suficientes, también para nuestros mayores que lo están pidiendo sus familiares, mascarillas y protección. Bajar los impuestos y no subirlos, como acaban de aprobar estos dos partidos: subir el agua”.
También ha subrayado que “no era el momento de esto y han demostrado tener muy poca empatía cuando en Torrent están muriendo vecinos y cientos están esperando cobrar la prestación por un ERTE”, en relación al anuncio decretado ayer por el alcalde Jesús Ros.